Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 123

Fecha del Boletín 
26-05-2014

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140526-72

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 71

72
Juicio verbal 1.341 de 2012

EDICTO

En el juicio verbal número 1.341 de 2012 se ha dictado la resolución cuyo texto literal es el siguiente:

Sentencia número 588 de 2013

Juez que la dicta: doña Ana Alonso Rodríguez-Sedano.

Lugar: Madrid.

Fecha: 8 de mayo de 2013.

Parte demandante: “Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, Sociedad Anónima”.

Abogado: doña Carmen Trillo.

Procurador: don Fernando Bermúdez de Castro Rosillo.

Parte demandada: doña Blanca Lucy Castaño Miranda.

Abogado: sin profesional asignado.

Procurador: sin profesional asignado.

Objeto del juicio: otras materias.

Fallo

Estimando la demanda formulada don Fernando Bermúdez de Castro Rosillo, en nombre y representación de “Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, Sociedad Anónima”, contra doña Blanca Lucy Castaño Miranda, debo condenar y condeno a la demandada al pago de 5.159,00 euros en concepto de principal, más los intereses moratorios pactados desde la fecha de liquidación y cierre, hasta la completa satisfacción del actora. Con expresa condena en costas a la demandada.

Notifíquese esta resolución a la parte demandada por edictos en el tablón de anuncios de este Juzgado y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Modo de impugnación: mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de de Madrid (artículo 455 de la Ley de Enjuiciamiento Civil). El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

La admisión del recurso precisará que se haya consignado en la cuenta de depósitos y consignaciones número 0030-1845-00-3250 (cuenta del Juzgado)-XXXX (número de procedimiento con cuatro cifras, anteponiendo, en su caso, los ceros necesarios)-XX (dos últimas cifras del año del procedimiento) abierta a nombre del Juzgado en la entidad “Banesto” el depósito de 50 euros, exigido por la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial (en redacción dada por Ley Orgánica 1/2009).

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación

Leída y publicada fue la anterior sentencia por la juez que la suscribe, estando celebrando audiencia pública en el mismo día de su fecha, doy fe en Madrid.

En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte demandada, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado la publicación del presente edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de notificación de sentencia.

En Madrid, a 8 de mayo de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(02/3.282/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140526-72