Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 123

Fecha del Boletín 
26-05-2014

Sección 1.3.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140526-9

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO

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RESOLUCIÓN de 23 de abril de 2014, del Director General de Cooperación con la Administración Local, sobre la convocatoria por el sistema de Libre Designación del puesto reservado a funcionarios con habilitación de carácter estatal, de Secretaría General del Pleno del Ayuntamiento de Alcobendas.

Visto el expediente remitido con fecha de 24 de marzo de 2014 por el Ayuntamiento de Alcobendas, relativo a la convocatoria por el sistema de Libre Designación del puesto reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional de Secretaría General del Pleno de dicho Ayuntamiento.

Visto el informe del Área de Administración y Régimen Jurídico Local de fecha 23 de abril de 2014.

Visto que el expediente reúne los requisitos objetivos establecidos.

Considerando que esta Dirección General es competente para la resolución de este expediente, de conformidad con lo establecido en el Decreto 94/2010, de 29 de diciembre; Decreto 23/2012, de 27 de septiembre, y Decreto 109/2012, de 4 de octubre,

HE RESUELTO

1. Publicar las bases y la convocatoria para la provisión mediante el sistema de Libre Designación del puesto de trabajo de Secretaría General del Pleno del Ayuntamiento de Alcobendas, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, aprobadas por Decreto de la Alcaldía, de 21 de marzo de 2014.

Texto del Decreto:

«Vista la relación de puestos de trabajo y plantilla orgánica de este Ayuntamiento aprobado por el Ayuntamiento Pleno de fecha 23 de diciembre de 2013 y publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 18, de 22 de enero de 2014, sobre aprobación del Presupuesto General para 2014, entre los que figura el puesto de Secretario General del Pleno, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

Visto el artículo 62 del Reglamento Orgánico del Pleno del Ayuntamiento de Alcobendas, en el que se dispone que el Pleno contará con un Secretario General, que habrá der ser un funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional de la Subescala de Secretaría, categoría Superior.

De conformidad con lo establecido en el artículo 92 bis y la disposición adicional octava, apartado b), de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, así como los artículos 27 y 28 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

Considerando las competencias legalmente atribuidas a esta Alcaldía-Presidencia en el artículo 28.1 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional,

VENGO A DECRETAR

1.o Aprobar las bases de la convocatoria para la provisión, por Libre Designación, del puesto de Secretario General del Pleno del Ayuntamiento de Alcobendas, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, según siguen:

Primera

Las presentes bases tienen por objeto regir la convocatoria para proveer, por el sistema de Libre Designación previsto en el artículo 92.bis.6 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local, según redacción dada por Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local, y los artículos 27 y siguientes del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, el puesto de Secretario General del Pleno del Ayuntamiento de Alcobendas.

Segunda

Corporación convocante: Ayuntamiento de Alcobendas.

Tercera

Denominación del puesto: Secretario General del Pleno, creado en virtud de lo establecido en el artículo 130.1.Be) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases Régimen Local, modificada por la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de Medidas para la Modernización del Gobierno Local.

Cuarta

Nivel de complemento de destino: 30.

Quinta

Complemento específico anual: 52.648,68 euros.

Sexta

Requisitos para su desempeño conforme a la relación de puestos de trabajo: Pertenecer a la Escala de Funcionarios de Habilitación de Carácter Nacional, Subescala Secretaría, categoría Superior, Grupo de clasificación A1. No podrán concurrir a esta convocatoria los funcionarios que se encuentren comprendidos en cualquiera de los supuestos que señala el artículo 18.3 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

Séptima

Presentación de solicitudes

Los interesados presentarán su solicitud dentro de los quince días naturales siguientes al de la publicación del extracto de la convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado”. Se presentarán en las Oficinas del Registro del Ayuntamiento de Alcobendas que a continuación se relacionan o en la forma establecida en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

El escrito de solicitud deberá contener los datos previstos en el artículo 70.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y además deberá indicarse el número de Registro de Personal, la situación administrativa en que se encuentre el solicitante, así como su destino.

A la solicitud se acompañará el “curriculum vitae” y la documentación acreditativa tanto de los requisitos exigidos para el desempeño del puesto como de los méritos alegados.

Oficinas de Atención Ciudadana:

— Oficina Casa Consistorial. Plaza Mayor, número 1, 28100 Alcobendas.

Horario: Lunes a viernes, de ocho y treinta a catorce y treinta horas y de dieciséis a diecinueve horas; sábados, de diez a trece horas. Julio y agosto, tardes cerrado.

— Oficina Distrito Urbanizaciones (Centro C. “Anabel Segura”). Avenida Bruselas, número 19, 28108 Alcobendas.

Horario: Lunes a viernes, de ocho y treinta a catorce horas. Agosto, cerrado.

— Oficina Distrito Centro (antiguo Ayuntamiento). Plaza del Pueblo, número 1, 28100 Alcobendas.

Horario: Lunes a viernes, de ocho y treinta a catorce horas. Agosto, cerrado.

Octava

Resolución de la convocatoria

Concluido el plazo, el Presidente de la Corporación procederá, en su caso, previa constatación de los requisitos exigidos en la convocatoria, a dictar la resolución correspondiente en el plazo de un mes, dando cuenta al Pleno de la Corporación y traslado de aquella al citado órgano de la Comunidad Autónoma y a la Dirección General para la Administración Local, para la anotación y publicación conjunta en el “Boletín Oficial del Estado”. Dicha resolución se motivará con cumplimiento, por parte del candidato elegido, de los requisitos y especificaciones exigidos en la convocatoria y de la competencia para proceder al nombramiento. La plaza deberá ser adjudicada entre los candidatos que reúnan los requisitos exigidos en la convocatoria. Asimismo, podrá, motivadamente, ser declarada desierta. En todo caso, deberá quedar acreditada en el procedimiento, como fundamento de la resolución adoptada, la observancia del procedimiento debido.

Novena

Toma de posesión

El plazo posesorio será el establecido en el artículo 23 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio.

Décima

Normativa supletoria

En lo no previsto en las bases, será de aplicación el capítulo V del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, y las prescripciones correspondientes del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración del Estado, aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.

Undécima

Régimen de recursos

Contra la resolución de aprobación de las bases y convocatoria del procedimiento, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o bien, directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, de conformidad con lo previsto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

2.o Proceder a la convocatoria, remitiéndose esta Resolución a la Dirección General de Cooperación con la Administración Local de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno de la Comunidad de Madrid, para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y remisión al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, en el plazo máximo de diez días, con referencia precisa del número y fecha del diario en el que ha sido publicada y a efectos de la publicación del extracto de dichas convocatorias en el “Boletín Oficial del Estado”».

2. Remitir la presente Resolución al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, a efectos de su publicación en el “Boletín Oficial del Estado”.

3. Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el titular de la Viceconsejería de Justicia y Administraciones Públicas, o ante el Director General de Cooperación con la Administración Local en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación, sin perjuicio de poder ejercitar cualquier otro que estime pertinente en defensa de sus derechos.

Madrid, a 23 de abril de 2014.—El Director General de Cooperación con la Administración Local, Jaime González Taboada.

(03/15.870/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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