Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 125

Fecha del Boletín 
28-05-2014

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140528-177

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24

177
Ejecución 196 de 2012

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Marta Menárguez Salomón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 24 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 196 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Richard Szeghedi, frente a “Proyectos y Reformas J2M 2002, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:

Parte dispositiva:

Líbrese mandamiento al Registro de Bienes Muebles de Madrid ordenando la cancelación de la anotación de embargo acordada en este procedimiento de ejecución número 196 de 2012, con el número de solicitud 20120070977, sobre el vehículo descrito en el hecho primero de esta resolución.

Ordénese la cancelación de todas las inscripciones y anotaciones posteriores, incluso las que se hubieren verificado después de expedida la certificación a que se refiere el artículo 656 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Ordénese igualmente la cancelación de la siguiente anotación e inscripción:

Solicitud: 20120070977, de fecha 6 de agosto de 2012.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Proyectos y Reformas J2M 2002, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 21 de abril de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/14.344/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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