Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 125

Fecha del Boletín 
28-05-2014

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140528-180

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 26

180
Procedimiento 802 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Estela Jiménez Gómez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 26 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 802 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Sonia Sarrate Santos, frente al Fondo de Garantía Salarial y “Global Certification Spain, Sociedad Limitada”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado la siguiente resolución:

Fallo

Que estimando la demanda formulada por doña Sonia Sarrate Santos, frente a “Global Certification Spain, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, debo declarar y declaro el despido improcedente y extinguida la relación laboral de la trabajadora demandante con la empresa demandada en la fecha de 23 de diciembre de 2013, y condeno a al empresa demandada a estar y pasar por tal declaración y a que abone a la actora las siguientes cantidades en concepto de indemnización y salarios de tramitación: así, en concepto de indemnización se condena a la demandada a abonar la cantidad de 2.522,02 euros y en concepto de salarios de tramitación se condena a la empresa a abonar la cantidad de 4.600,23 euros (siendo el salario/día 48,94 euros, por noventa y cuatro días desde el despido).

Asimismo, se debe condenar y se condena a la demandada a abonar a la parte actora la cantidad de 3.645,93 euros en concepto de salarios devengados y no percibidos, más el 10 por 100 de interés por mora.

Se advierte a las partes que contra esta sentencia puede interponerse recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, anunciándolo por comparecencia o por escrito en este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación y designando letrado o graduado social colegiado para su tramitación.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Global Certification Spain, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 21 de abril de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/14.221/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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