Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 125

Fecha del Boletín 
28-05-2014

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140528-53

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCALÁ DE HENARES

OTROS ANUNCIOS

53
Notificación resolución legalización pintado fachada

Al haber sido intentada y no haberse podido practicar la notificación de la resolución de la Concejalía de Urbanismo de 24 de enero de 2014 a “Casa Bayton”, relativo a la legalización de pintado de fachada de local en plaza de Cervantes, números 19-21, de conformidad con lo establecido en el artículo 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, que dice literalmente lo que sigue:

Dada cuenta a mi autoridad a través del informe emitido por los servicios técnicos municipales, en el que se pone de manifiesto que «En el local comercial situado en la plaza de Cervantes, números 19-21, se han efectuado obras sin licencia consistentes en el cambio de pintura de fachada acabada en un color azul-gris claro.

Respecto a los acabados de exteriores, el Plan Especial de Protección del Casco Histórico establece en su artículo 3.2, “Condiciones relativas a la tipología, forma y aspecto exterior de las edificaciones”, lo siguiente:

“Las carpinterías de huecos se realizarán generalmente en haces interiores con piezas de madera o metálicas para pintar en tonos oscuros. Los elementos de cierre y defensa tendrán las mismas características”.

Procede por tanto requerir la legalización de las obras efectuadas que deberán contemplar un cambio de color aplicado de la carpintería hacia un tono más oscuro.

Presupuesto estimado: 1.000 euros».

De conformidad con lo establecido en el artículo 195 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.

En virtud de las atribuciones que me han sido delegadas por resolución de la Alcaldía-Presidencia 1945/2012, de 18 de julio, y por acuerdo de la Junta de Gobierno Local adoptado en sesión celebrada el 23 de julio de 2012, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 124.5 y 127.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en relación con los artículos 49 y 64 del Reglamento Orgánico de este Ayuntamiento, vengo en disponer:

1.o Requerir a “Casa Bayton” para que proceda en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente a la recepción de la notificación de la presente resolución, a solicitar la correspondiente licencia municipal para pintado de fachada del local en plaza de Cervantes, números 19-21, la cual deberá ser en tonos más oscuros, conforme a lo establecido en el artículo 3.2, apartado 7, de las Normas Urbanísticas del vigente Plan Especial de Protección del Casco Histórico, aprobado definitivamente por acuerdo del Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el día 21 de abril de 1998 y publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 4 de agosto de 1998. Con apercibimiento de que de no hacerlo así o si la licencia no pudiera ser otorgada por ser contraria a la normativa urbanística vigente, el Ayuntamiento ordenará la demolición de lo indebidamente ejecutado, a costa del interesado, y procederá a impedir los usos a los que diere lugar.

2.o Conceder trámite de audiencia y vista del expediente al interesado por un plazo de quince días, contados a partir del día siguiente a la recepción de la notificación de la presente resolución, conforme a lo establecido en el artículo 84 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, durante el cual podrán alegar y presentar los documentos y justificaciones que estimen pertinentes. Significándole al interesado que al finalizar este plazo y vistas las alegaciones que, en su caso, sean realizadas, se dictará la resolución definitiva que corresponda, así como que en caso de no presentar alegaciones en el plazo establecido, esta resolución se elevará automáticamente a definitiva en todos sus términos y consecuencias.

3.o Dar traslado de la presente resolución a la Consejería de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de la Comunidad de Madrid.

4.o Notifíquese esta resolución a la interesada con la prevención de los recursos que procedan.

Frente a la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá usted interponer recurso de reposición potestativo ante esta Corporación (Junta de Gobierno Local) en el plazo de un mes, siguiente al de la fecha de recibo de la presente notificación. Transcurrido dicho plazo, únicamente podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo correspondiente, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la notificación de la presente resolución (artículos 109 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según la redacción dada por el artículo primero de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la anterior, y artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

Caso de interponer recurso de reposición potestativo, este se entenderá desestimado de no ser resuelto expresamente por esta Corporación en el plazo de un mes, quedando expedita la vía contencioso-administrativa ante el Juzgado citado por el plazo de seis meses, contados a partir del día siguiente a aquel que, de acuerdo con su normativa específica, se produzca el silencio administrativo. Si dicho recurso de reposición fuera expresamente resuelto por la Corporación, el plazo para la interposición del recurso contencioso-administrativo será de dos meses contados a partir del día siguiente a aquel en que se notifique la resolución expresa del recurso potestativo de reposición (artículo 109 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según la redacción dada por el artículo primero de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la anterior, y artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

Todo ello sin perjuicio de que usted pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.

Alcalá de Henares, a 15 de abril de 2014.—La directora del Área Jurídica de Disciplina Urbanística, por delegación del secretario-titular del Órgano de Apoyo a la Junta de Gobierno Local de 12 de septiembre de 2012 (firmado).

(02/3.022/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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