Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 125

Fecha del Boletín 
28-05-2014

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140528-60

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE BELMONTE DE TAJO

RÉGIMEN ECONÓMICO

60
Impuesto bienes inmuebles 2014

Anuncio de notificación colectiva de liquidaciones y anuncio de cobranza.—Aprobados definitivamente por decreto de esta Alcaldía, dictado con fecha 7 de mayo de 2014, el padrón y listas cobratorias del impuesto sobre bienes inmuebles del ejercicio de 2014, a efectos tanto de su notificación colectiva, en los términos que se deducen del artículo 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, como de la sumisión de los mismos a trámite de información pública, por medio del presente anuncio se exponen al público en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios del Ayuntamiento, por el plazo de quince días hábiles, a fin de que quienes se estimen interesados puedan formular cuantas observaciones, alegaciones o reclamaciones por convenientes tengan.

Se establece como plazo de pago en período voluntario del 23 de junio al 23 de agosto de 2014.

Lugar y forma de pago: en dinero de curso legal en la entidad bancaria “La Caixa”, de esta localidad, o mediante ingreso en las cuentas del Ayuntamiento de las entidades bancarias “Bankia”, “La Caixa” y “Caja Rural de Toledo”, de otras localidades.

Contra el acto de aprobación del citado padrón y/o liquidaciones contenidas en el mismo podrá interponerse recurso previo de reposición ante la Alcaldía-Presidencia, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de finalización del término de exposición pública, de acuerdo con cuanto establece el artículo 14 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

Transcurrido el plazo de ingreso voluntario, sin que se haya satisfecho la deuda, se iniciará el período ejecutivo, de acuerdo con el tenor de los artículos 26, 28 y 161 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, lo que determina la exigencia de los intereses de demora, así como los recargos que correspondan y, en su caso, de las costas del procedimiento de apremio.

En Belmonte de Tajo, a 7 de mayo de 2014.—La alcaldesa, Ana María Pinós Sangonzalo.

(02/3.296/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140528-60