Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 126

Fecha del Boletín 
29-05-2014

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140529-139

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 1

139
Procedimiento 1.023 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Rosario Barrio Pelegrini, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 1.023 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Raquel Melero Mayor, frente a “Courier & Logistic 2000, Sociedad Limitada”, y “Perseo Logística y Distribución, Sociedad Limitada”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 166 de 2014

En Madrid, a 8 de abril de 2014.—Vistos por mí, doña Carmen Durán de Porras, magistrada-juez de refuerzo del Juzgado de lo social número 1 de Madrid, los presentes autos sobre despido y reclamación de cantidad, seguidos con el número 1.023 de 2013, a instancias de doña Raquel Melero Mayor, asistida por el letrado señor Chinchurreta Rodríguez, contra “Courier & Logistic 2000, Sociedad Limitada”, y “Perseo Logística y Distribución, Sociedad Limitada”, que no han comparecido, habiéndose dado intervención al Fondo de Garantía Salarial.

Por todo lo expuesto, vistos los preceptos citados y demás de general y pertinente aplicación,

Fallo

1. Que estimando la demanda que en materia de despido ha interpuesto doña Raquel Melero Mayor, contra “Perseo Logística y Distribución, Sociedad Limitada”, debo declarar y declaro la improcedencia del despido del que fue objeto la actora el día 27 de junio de 2013, y constando el cierre de la empresa y el cese de sus actividades, y siendo imposible la readmisión, debo declarar y declaro extinguida la relación laboral con fecha de efectos de esta resolución (8 de abril de 2014), condenando a la demandada a que abone a la actora en concepto de indemnización la cantidad de 36.137,53 euros, así como al abono de los salarios devengados desde la fecha del despido a la de la presente resolución a razón de 49,15 euros diarios, y todo ello con absolución de “Courier & Logistic 2000, Sociedad Limitada”, y con intervención del Fondo de Garantía Salarial.

2. Que estimando la demanda que en materia de reclamación de cantidad ha interpuesto doña Raquel Melero Mayor, contra “Perseo Logística y Distribución, Sociedad Limitada”, debo condenar y condeno a esta a que abone a la actora la cantidad de 6.086,50 euros, junto con el interés por mora del artículo 29.3 del Estatuto de los Trabajadores, y todo ello con absolución de “Courier & Logistic 2000, Sociedad Limitada”, y con intervención del Fondo de Garantía Salarial.

Notifíquese esta resolución a las partes con entrega de copia, advirtiéndoseles que contra la misma pueden interponer recurso de suplicación, ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de los cinco días hábiles siguientes a la notificación de la presente resolución, mediante escrito, comparecencia o por simple manifestación ante este Juzgado de lo social.

Si recurre la parte demandada, deberá acreditar al anunciar el recurso el ingreso del importe de la condena en la “Cuenta de depósitos y consignaciones”, así como la cantidad de 300 euros en concepto de depósito para recurrir.

Así por esta mi sentencia, de la que se unirá testimonio a los autos de su razón, lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Perseo Logística y Distribución, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 8 de abril de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/14.504/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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