Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 136

Fecha del Boletín 
10-06-2014

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140610-129

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 36

129
Procedimiento ordinario 331 de 2014

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Araceli Crespo Pascual, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 36 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 331 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Patricia Ballesteros Celada, frente al Fondo de Garantía Salarial, “Innova Data Center II, Sociedad Limitada”, e “Innova Data Center, Sociedad Limitada”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Parte dispositiva:

Se aprueba la conciliación obtenida por las partes en fecha 8 de mayo de 2014 en los términos siguientes:

Con carácter previo la actora desiste de su demanda frente a la empresa “Innova Data Center II, Sociedad Limitada”.

La empresa “Innova Data Center, Sociedad Limitada”, reconoce adeudar a la trabajadora doña Patricia Ballesteros Celada 3.100 euros netos en concepto de nóminas de octubre, noviembre y diciembre, liquidación y finiquito. La cantidad adeudada se abonará en dos pagos, la primera, de 1.550 euros, el día 14 de mayo de 2014, y la segunda, de otros 1.550 euros, el día 28 de mayo de 2014, mediante transferencia a la cuenta donde la trabajadora percibía las nóminas.

La trabajadora acepta, no teniendo nada más que reclamar.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que frente a ella no cabe recurso, sin perjuicio de lo prevenido por el artículo 84.6 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, sobre impugnabilidad de la conciliación ante este mismo Juzgado por los trámites y recursos que establece esta Ley, caducando su acción a los treinta días de la fecha de su celebración. Las partes podrán también ejercitar la acción de nulidad por las causas que invalidan los contratos.

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Innova Data Center II, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 8 de mayo de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/15.806/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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