Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 138

Fecha del Boletín 
12-06-2014

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140612-250

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE BARCELONA NÚMERO 5

250
Ejecución 1.428 de 2013

EDICTO

Por esta cédula, dictada en méritos de lo acordado en el proceso de ejecución número 1.428 de 2013 instruido por este Juzgado de lo social número 5 de Barcelona, a instancias de don Francisco Egeo Alfonso, contra “Business Vision Softw Solutions, Sociedad Anónima”, se notifica a “Business Vision Softw Solutions, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero (artículo 59 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social), la resolución dictada en el indicado proceso en fecha 9 de abril de 2014, cuyo tenor literal en su parte dispositiva dice:

Se acuerda el embargo de los derechos que pueda ostentar la ejecutada sobre el producto de su propiedad “Software Sacom” que consta inscrito en el Registro Territorial de la Propiedad Intelectual de la Comunidad de Madrid con el número de asiento 16/2003/409.

Líbrese mandamiento por duplicado a dicho registro a fin de que practique el asiento que corresponda en relación al embargo trabado, se expida certificación de haberlo hecho, de la titularidad que conste y, en su caso, de la existencia de otros asientos practicados significativos para la eficacia de la traba acordada, así como advirtiéndole que deberá comunicar a este Juzgado la existencia de ulteriores asientos que pudieran afectar al embargo anotado.

Notifíquese esta resolución a las partes.

La presente resolución no es firme, contra la misma cabe interponer recurso de reposición en el plazo de tres días hábiles a contar desde el siguiente al de su notificación (artículo 187 de la Ley 36/2011, Reguladora de la Jurisdicción Social).

Así lo mando y firmo.

Lo que se hace público por medio del BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID a los efectos pertinentes, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se realizarán fijando una copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo las que deban revestir forma de auto o decreto, que ponga fin al procedimiento o resolutorio de incidente, o se trate de emplazamiento (artículo 59 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social).

En Barcelona, a 5 de mayo de 2014.—La secretaria judicial, María Nieves Rodríguez López.

(03/16.436/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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