Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 139

Fecha del Boletín 
13-06-2014

Sección 4.50.1.4: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140613-108

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

108
Procedimiento 1.288 de 2012

SALA DE LO SOCIAL

Sección Sexta

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Y REQUERIMIENTO

Doña Encarnación Egido Trillo-Figueroa, secretaria judicial de la Sección Sexta de la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Hago saber: Que en el recurso de suplicación número 1.288 de 2012 de esta Sección de lo social, seguido a instancias de don Fabián Margarit, frente a “Feyjosa Almunio, Sociedad Limitada”, sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la siguiente resolución:

Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña Encarnación Trillo Figueroa.—En Madrid, a 19 de febrero de 2014.

Visto que la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita entiende insostenible el recurso de casación para la unificación de la doctrina interpuesto por don Fabián Margarit contra la sentencia dictada en estas actuaciones, en coincidencia con lo manifestado por el letrado designado de oficio, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 231.2 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social requiérase, sirviendo para ello la copia del presente proveído, a don Fabián Margarit para que en el plazo de cinco días nombre abogado de libre designación para la defensa de sus intereses, con la advertencia de que si así no lo hicere se pondrá fin al trámite del recurso. Durante dicho plazo de cinco días sigue en suspenso el plazo para preparar el recurso mencionado, sin perjuicio de alzar tal plazo y dejarlo sin efecto si la libre designación de abogado no se comunica. Si se llevara a efecto el nombramiento de abogado de libre designación, dese a las actuaciones el trámite habitual ordenado por la Ley.

Notifíquese a las partes.

Modo de impugnación: contra la presente resolución cabe interponer recurso de reposición ante la secretaria judicial, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de cinco días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículos 186 y 187 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social).

Lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Y para que sirva de notificación y requerimiento en legal forma a don Fabián Margarit, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 14 de mayo de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/16.496/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.50.1.4: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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