Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 139

Fecha del Boletín 
13-06-2014

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140613-135

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 6

135
Procedimiento ordinario 1.350 de 2012

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Eva San Pablo Moreno, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 6 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 1.350 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don El Mahdi Taheri, frente a don Arturo Verdes Angulo y “Lorty, Sociedad Anónima”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Parte dispositiva:

En su virtud, vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación, doña Elena Bornaechea Morlans, resuelve acalarar/complementar la sentencia dictada en los presentes autos el día 23 de abril de 2014, añadiendo un último párrafo en el fallo de la misma del siguiente tenor:

“Se absuelve a don Arturo Verdes Angulo de las pretensiones deducidas en su contra...”

Notifíquese el presente auto a las partes, advirtiéndoles que el mismo forma parte integrante de la sentencia de fecha 23 de abril de 2014, contra la que cabe interponer recurso de suplicación en el plazo de cinco días siguientes a su notificación.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Lorty, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 13 de mayo de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/16.373/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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