Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 143

Fecha del Boletín 
18-06-2014

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140618-84

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VALDEMORILLO

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

84
Modificación nombramientos tenientes de alcalde

De conformidad con lo previsto en los artículos 46.1 y 44.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, se hace público que esta Alcaldía, en fecha 13 de febrero de 2014, ha dictado el decreto que a continuación se indica:

“Decreto de la alcaldesa, señora López Partida.—Siendo necesario, tras la renuncia como concejal de don Alfonso Redondo Torres, que ostentaba hasta el momento la tercera tenencia de Alcaldía, así como la Concejalía-Delegada de Personal, Policía Local, Seguridad Ciudadana y Festejos, proceder a la reestructuración de Tenencias de Alcaldía, así como de delegaciones de atribuciones de la Alcaldía en las diversas Concejalías-Delegadas, para la debida efectividad de la gestión municipal.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 43 y siguientes, 114 y siguientes y 120 y siguientes del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales (ROF), aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, todo ello en relación a su vez con lo previsto en los artículos 20.1 y 21.2 de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Local, por el presente he resuelto:

1.o Modificar los nombramientos efectuados con anterioridad relativos a tenientes de alcalde y, en su virtud, conferir actualmente el nombramiento como segundo teniente de alcalde a don José Miguel Pérez García y como tercer teniente de alcalde a don Francisco Coba Varela, debiendo mantenerse según su orden vigente hasta la fecha el nombramiento conferido en su día al resto de tenientes de alcalde, de manera que por el presente se fija el nombramiento como tenientes de alcalde del Ayuntamiento de Valdemorillo, por el orden que se señala a continuación, y como miembros de la Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento, a los/las señores/as concejales siguientes:

— Primera teniente de alcalde, doña Carmen Villanueva Bautista.

— Segundo teniente de alcalde, don José Miguel Pérez García.

— Tercer teniente de alcalde, don Francisco Coba Varela.

— Cuarta teniente de alcalde, doña María Mercedes Martín Moreno.

— Quinta teniente de alcalde, doña Beatriz Hernández Puerta.

2.o Fijar las delegaciones de atribuciones de esta Alcaldía (en cada caso modificando algunas de ellas y manteniendo las restantes) en los/las señores/as tenientes de alcalde citados/as en las materias y áreas que más abajo se significan, caracterizadas como delegaciones genéricas que abarcarán la dirección de los servicios correspondientes y la gestión general de los mismos, incluidas las facultades de resolución mediante actos administrativos que afecten a terceros, en los términos y con el alcance previstos en el artículo 43.3 del ROF, bajo la referencia que se indica a favor de cada uno/a de los/las señores/as tenientes de alcalde:

— Doña Carmen Villanueva Bautista, Concejalía-Delegada de Urbanismo, Medio Ambiente, Urbanizaciones, y Relaciones con Organismos Oficiales.

— Don José Miguel Pérez García, Concejalía-Delegada de Policía Local y Seguridad Ciudadana, Comercio, Redes de Saneamiento y Depuración, y Eficiencia Energética.

— Don Francisco Coba Varela, Concejalía-Delegada de Personal, Servicios e Infraestructuras, Adjunto de Urbanizaciones y Obras Públicas.

— Doña Mercedes Martín Moreno, Concejalía-Delegada de Hacienda, Turismo y Desarrollo Local.

— Doña Beatriz Hernández Puerta, Concejalía-Delegada de Servicios Sociales, Mujer y Cultura.

3.o Fijar las delegaciones de atribuciones de esta Alcaldía (en cada caso modificando algunas de ellas y manteniendo las restantes) en los/las señores/as concejales/as que a continuación se dirán, en las materias y áreas que más abajo se significan, caracterizadas como delegaciones especiales relativas a cada uno de los servicios o áreas que se especificarán, que comprenderán su dirección interna y la gestión de los servicios correspondientes en los términos y con el alcance previstos en el artículo 43.5.b) del ROF, bajo la referencia que se indica a favor de cada uno/a de los/las señores/as concejales/as:

— Doña Elena Sánchez de la Cruz, Concejalía-Delegada de Festejos, Juventud y Deportes.

— Don Raúl González Real, Concejalía-Delegada de Nuevas Tecnologías, Sanidad e Infancia.

— Doña Milagros González Argüeso, Concejalía-Delegada de Mayor, Familia, Protocolo y Celebración de Enlaces Matrimoniales.

— Doña Balbina Becerra Gil, Concejalía-Delegada de Educación y Biblioteca.

Todo ello, sin perjuicio de la posibilidad de conferir a los/las citados/as señores/as concejales/as delegaciones especiales relativas a proyectos o asuntos determinados, con posibilidad de emitir actos que afecten a terceros, en su caso, limitadas al tiempo de gestión o ejecución de dichos proyectos o asuntos, en los términos y con el alcance previstos en el artículo 43.5.a) del ROF.

4.o Los presentes nombramientos y delegaciones lo son con efectos desde la misma fecha de este decreto, 13 de febrero de 2014, sin perjuicio de los nombramientos y adaptaciones que pudieran producirse como consecuencia del nombramiento de nuevo cargo electo.

5.o Dese cuenta al Pleno del Ayuntamiento en los términos pertinentes en la primera sesión que celebre a partir de esta fecha, dese cuenta a cada uno de los afectados y/o interesados, comuníquese a los diferentes servicios y áreas municipales a los efectos en su caso pertinentes, y procédase a su publicación en los términos legales de aplicación.

Así lo decreta, manda y firma la señora alcaldesa en Valdemorillo, a 13 de febrero de 2014.—La alcaldesa (firmado).—Ante mí: el secretario (firmado)”.

Valdemorillo, a 13 de mayo de 2014.—La alcaldesa, Pilar López Partida.

(03/17.985/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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