Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 143

Fecha del Boletín 
18-06-2014

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140618-146

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 18

146
Ejecución 71 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Pilar Ortiz Martínez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 18 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 71 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Yoana Luna Madrid, frente a doña María Belén Argüello Martín, sobre ejecución forzosa, se han dictado las siguientes resoluciones:

Requiérase a doña María Belén Argüello Martín para que proceda iniciar cada mes los pagos aplazados de 89,25 euros propuestos mediante escrito de fecha 22 de febrero de 2013 en la cuenta de este Juzgado abierta en “Banesto”, con el número 2516/00/64/0071/13.

Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros, dicho depósito habrá de realizarse mediante el ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en la entidad “Banesto”, número 2516/0000/64/0071/13.

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Se acuerda el embargo de las participaciones sociales de la mercantil “BJD Moda 87, Sociedad Limitada”, de las que es titular la ejecutada doña María Belén Argüello Martín para cubrir el principal de 978,13 euros, más 159 euros de intereses y costas provisionales.

A tal fin líbrese el correspondiente oficio a la referida empresa al objeto de requerirle, bajo su personal responsabilidad, para que proceda a anotar dicho embargo, y así sea comunicado a este Juzgado.

Notifíquese en legal forma la presente resolución.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a doña Belén Argüello Martín, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 16 de mayo de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/17.383/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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