Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 143

Fecha del Boletín 
18-06-2014

Sección 1.3.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140618-6

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO

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RESOLUCIÓN de 9 de junio de 2014, de la Dirección General de Seguridad e Interior, por la que se aprueba y se hace público el listado definitivo de admitidos a las pruebas para la renovación del Certificado Acreditativo del Personal de Control de Acceso a Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas expedidos en 2009.

De conformidad con lo establecido en el artículo 5 de la Orden 734/2014, de 3 de abril, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, por la que se aprueban las bases generales de las pruebas para la renovación del Certificado Acreditativo del Personal de Control de Acceso a Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas, vista la propuesta del Tribunal de Selección,

RESUELVO

Primero

Aprobar el listado definitivo de aspirantes a las citadas pruebas.

Hacer público el listado definitivo de aspirantes admitidos a las citadas pruebas, que será expuesto en los tablones de anuncios de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, del Registro General de la Comunidad de Madrid y de los Registros de las Consejerías, cuyas direcciones figuran en el Anexo a esta Resolución.

Segundo

Según lo establecido en la Resolución de 14 de mayo de 2014, de esta Dirección General, por la que se aprueban y hacen públicos los listados provisionales de admitidos a las pruebas para la renovación del Certificado Acreditativo del Personal de Control de Acceso a Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas, las pruebas se realizarán el día 21 de junio de 2014, en llamamiento único, a las dieciséis horas en la Facultad de Derecho, sita en la plaza de Menéndez Pelayo, sin número, de la Ciudad Universitaria de Madrid.

La distribución por espacios de examen de cada uno de los aspirantes se establece en el listado definitivo de admitidos que se hace público con la presente Resolución, y que se expondrá en los citados tablones de anuncios de los Registros de la Comunidad de Madrid.

Serán excluidos del proceso selectivo quienes no comparezcan, salvo en los casos alegados y justificados con anterioridad del ejercicio, debiendo el Tribunal Calificador adoptar Resolución motivada a tal efecto.

Los aspirantes deberán presentar, inexcusablemente, el original de su documento nacional de identidad, pasaporte, carné de conducir, tarjeta de residencia de extranjeros, certificado de registro de ciudadano de la Unión (acompañado de identificación) o resolución original de concesión de la misma o de su renovación, únicos documentos válidos para acreditar su identidad. Asimismo, deberán de ir provistos de lápiz negro del número dos y goma.

Tercero

Se hacen públicos los acuerdos adoptados por el Tribunal Calificador, con la finalidad de garantizar el normal desarrollo de las pruebas:

1. No se permitirá el acceso a examen a los aspirantes que no figuren en los listados definitivos de admitidos a la convocatoria.

2. No se permitirá el acceso a examen a los aspirantes que no presenten los siguientes documentos originales: Documento nacional de identidad, pasaporte, carné de conducir, tarjeta de residencia de extranjeros, certificado de registro de ciudadano de la Unión (acompañado de identificación) o resolución original de concesión de la misma o de su renovación, únicos documentos válidos para acreditar su identidad, salvo en los casos que concurran provistos de un documento oficial que acredite su sustracción o pérdida. En este supuesto, la corrección del ejercicio realizado por el aspirante quedará supeditada a la posterior comprobación de su identidad por parte del Tribunal Calificador.

Cuarto

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso de alzada ante el señor Viceconsejero de Presidencia e Interior, dentro del plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, según lo establecido en el artículo 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en relación con el artículo 44.2.d) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid.

En Madrid, a 9 de junio de 2014.—El Director General de Seguridad e Interior, Francisco Manuel Oliver Egea.



(03/19.401/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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