Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 143

Fecha del Boletín 
18-06-2014

Sección 1.4.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140618-11

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

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CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO

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ORDEN 1187/2014, de 6 de junio, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, por la que se somete a información pública la relación de bienes y derechos afectados por el “Proyecto de conexión con el segundo anillo y red de distribución de Algete”, en el término municipal de Algete (expediente de expropiación forzosa número 361. Entidad beneficiaria: Canal de Isabel II).

El proyecto tiene por objeto la mejora del abastecimiento al municipio de Algete, mediante la conexión de la red de distribución con el Segundo Anillo Principal de Distribución de Agua Potable de la Comunidad de Madrid. Con ello, el municipio de Algete podrá suministrarse desde dos orígenes diferentes, desde el depósito de Algete actualmente en construcción, que se alimenta desde el Sistema Torrelaguna, o bien desde el Segundo Anillo; lo cual incrementa la garantía de suministro y flexibiliza la explotación del sistema.

El presente proyecto se ha dimensionado para el suministro necesario a medio plazo, y comprende el abastecimiento a los sectores actuales y a los nuevos situados al suroeste del municipio, que se desarrollarán a medio plazo, posponiendo, para una fase posterior, los tramos de conducción necesarios para abastecer el resto de sectores previstos en el Plan General de Algete.

Con fecha 10 de diciembre de 2009, la Dirección General de Evaluación Ambiental de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio informa que el proyecto de referencia no se encuentra entre los recogidos en los Anexos de la Ley 2/2002, de 19 de junio, de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid, por lo que no se encuentra afectado por lo establecido en tal normativa.

Por la Comisión de Urbanismo de la Comunidad de Madrid, en su sesión de 31 de mayo de 2012, se aprueba definitivamente el Plan Especial de Infraestructuras del “Proyecto de Conexión con el Segundo Anillo y Red de Distribución de Algete”, en los términos municipales de Algete y San Sebastián de los Reyes. Se hizo público en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 139, de 12 de junio de 2012.

La ejecución del proyecto de referencia requiere que se proceda a tramitar el correspondiente procedimiento de expropiación forzosa, con objeto de poder disponer de los terrenos necesarios para llevarlo a cabo.

La declaración de utilidad pública está implícita, en virtud del artículo 10 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa, en relación con la disposición adicional octava de la Ley 2/2002, de 19 de junio, de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid.

En su virtud, una vez formulada la relación de bienes y derechos prevista en el artículo 17 de la Ley de Expropiación Forzosa y en aplicación de su artículo 18,

DISPONGO

Primero

Someter al trámite de información pública durante el plazo de quince días, la relación de bienes y derechos afectados por el “Proyecto de conexión con el segundo anillo y red de distribución de Algete”, en el término municipal de Algete (expediente de expropiación número 361. Entidad beneficiaria: Canal de Isabel II), que se adjunta a la presente Orden.

Segundo

La presente Orden será publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como en uno de los diarios de mayor difusión, y además comunicada a los Ayuntamientos en cuyo término radiquen los bienes o derechos objeto de la expropiación, a efectos de que sea expuesta en el tablón de anuncios.

Tercero

La relación de bienes y derechos a que se refiere el apartado primero podrá examinarse durante el mencionado plazo de quince días, contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta Orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en el Área de Expropiaciones de Canal de Isabel II Gestión, Sociedad Anónima, en la calle Santa Engracia, número 125, 28003 Madrid, de nueve a catorce horas, así como en las dependencias del Ayuntamiento del término municipal donde se ubiquen las parcelas afectadas.

Durante dicho período, los interesados podrán formular cuantas alegaciones estimen oportunas, de conformidad con lo previsto en el artículo 19 de la Ley de Expropiación Forzosa, mediante escrito dirigido a la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, en la plaza de Pontejos, número 3, 28012 Madrid. El modelo de dicho escrito, así como la información para su gestión telemática, podrá encontrarse en https://gestionesytramites.madrid.org/

En relación con aquellos bienes que se acrediten como de dominio público, se estará a lo dispuesto en la normativa sectorial sobre su uso.

Cuarto

Las afecciones que resultan necesarias para la ejecución del proyecto de obra y para permitir y asegurar el posterior mantenimiento y conservación de las infraestructuras, que se reseñan en el Anexo a la presente Orden, se describen como:

— Expropiación (EXP): Para la ubicación de infraestructuras y su conservación. La superficie afectada depende de cada tipo de infraestructura.

— Ocupación temporal (OT): En esta zona, reflejada en los planos de afección, se hará desaparecer temporalmente, todo obstáculo y sobre ella se realizarán todas las obras y operaciones precisas, cuya duración está condicionada por la total ejecución del proyecto de obra, restituyéndose a su estado inicial una vez finalizados los trabajos.

Madrid, a 6 de junio de 2014.—El Consejero de Presidencia, Justicia y Portavoz del Gobierno, PD (Orden 1128/2013, de 25 de abril; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 26 de abril de 2013), el Secretario General Técnico, José de la Uz Pardos.



(01/2.122/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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