Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 145

Fecha del Boletín 
20-06-2014

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140620-166

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 10

166
Procedimiento 1.030 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Ana Belén Requena Navarro, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 10 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 1.030 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don David Rodríguez Brazal, frente a “Preser Servicios Auxiliares, Sociedad Limitada”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado la siguiente resolución:

Diligencia.—En Madrid, a 9 de mayo de 2014.

La extiendo yo, la secretaria judicial, para hacer constar que han transcurrido con exceso los tres días concedidos para impugnar el recurso de reposición interpuesto sin que se hayan presentado escritos de impugnación, de todo lo cual doy y paso a dar cuenta.

Auto

En Madrid, a 9 de mayo de 2014.—Por todo lo cual,

Parte dispositiva:

Desestimar el recurso de reposición interpuesto por don David Rodríguez Brazal contra el auto de archivo de fecha 28 de octubre de 2013, manteniéndolo en todos sus términos.

Notifíquese este auto a las partes.

Modo de impugnación: cabe interponer recurso de suplicación que deberá anunciarse en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a su notificación para lo que bastará la mera manifestación (de la parte, de su abogado o de su representante) al hacerle la notificación por comparecencia o por escrito de cualquiera de ellos. Siendo requisito necesario que en dicho plazo se nombre al letrado que ha de interponerlo. Igualmente, será requisito necesario que el recurrente que no gozare del beneficio de justicia gratuita, presente en la Secretaría de este Juzgado, al tiempo de interponer el recurso, el resguardo acreditativo de haber depositado 300 euros en la cuenta corriente número 2508/0000/61/1029/13 que este Juzgado tiene abierta en el “Banco Santander”.

Así por este su auto lo acuerda, manda y firma la ilustrísima magistrada-juez de lo social doña María Luisa Segura Rodríguez.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Preser Servicios Auxiliares, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 12 de mayo de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/17.196/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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