Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
21-06-2014

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140621-70

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE JAÉN NÚMERO 1

70
Ejecución 87 de 2014

EDICTO

El secretario judicial del Juzgado de lo social número 1 de Jaén.

Hace saber: Que en este Juzgado se sigue la ejecución número 87 de 2014, sobre ejecución de títulos judiciales, a instancias de doña Pilar Molina Chica, contra “Esabe Limpiezas Integrales, Sociedad Limitada”, en la que con fecha se ha dictado auto que sustancialmente dice lo siguiente:

Parte dispositiva:

Su señoría ilustrísima dijo: Procédase a despachar ejecución de la sentencia contra “Esabe Limpiezas Integrales, Sociedad Limitada”, por la suma de 2.383,99 euros en concepto de principal, más la de 500,00 euros calculadas para intereses y costas.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de reposición, sin perjuicio del derecho de la ejecutada a oponerse a lo resuelto en la forma y plazo legales, librándose edicto al BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Así por este auto lo acuerda, manda y firma la ilustrísima señora doña Francisca Martínez Molina, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 1 de Jaén.—Doy fe.

Y para que sirva de notificación en forma a “Esabe Limpiezas Integrales, Sociedad Limitada”, cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente edicto que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de auto o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la Ley expresamente disponga otra cosa.

Jaén, a 14 de mayo de 2014.—El secretario judicial (firmado).

(03/17.303/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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