Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 147

Fecha del Boletín 
23-06-2014

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140623-95

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE FUENLABRADA NÚMERO 1

95
Procedimiento ordinario 1.687 de 2008

EDICTO

En el procedimiento ordinario número 1.687 de 2008, sobre otras materias, se ha dictado resolución del tenor literal siguiente:

Hace saber: Que en este Juzgado de mi cargo se siguen autos de ordinario número 1.687 de 2008, a instancias de “Euroreparaciones 3JL Madrid, Sociedad Limitada”, contra “Ingeniería Aplicada al Saneamiento, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, y en los que se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia

En Fuenlabrada (Madrid), a 9 de diciembre de 2013.—Doña Alicia Pérez Muñoz, ilustrísima magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 1 de Fuenlabrada (Madrid), habiendo visto y examinado los presentes autos de juicio ordinario 1.687 de 2008, seguidos a instancias de “Euroreparaciones 3JL Madrid, Sociedad Limitada”, representada por la procuradora de los tribunales doña Lucía Mena Martínez, contra “Ingeniería Aplicada al Saneamiento, Sociedad Limitada”.

Fallo

Que debo estimar y estimo íntegramente la demanda presentada por la procuradora de los tribunales doña Lucía Mena Martínez, en nombre y representación de “Euroreparaciones 3JL Madrid, Sociedad Limitada”, contra “Ingeniería Aplicada al Saneamiento, Sociedad Limitada” (INGEPSA):

1. Condeno a la entidad demandada a abonar la cuantía de 33.031 euros.

2. Más los intereses legales y costas del procedimiento.

Notifíquese esta sentencia a las partes en legal forma, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación, ante la Audiencia Provincial de Madrid que, en su caso, deberá interponerse en este Juzgado dentro de los veinte días siguientes a su notificación. La admisión del recurso precisará que al interponerse el mismo se haya consignado en la oportuna entidad de crédito y en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta a nombre del Juzgado la cantidad objeto de depósito de 50 euros, lo que deberá ser acreditado.

Así por esta mi sentencia, de la que se llevará certificación a los autos, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en forma a la demandada y para su publicación en el tablón de anuncios y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, libro el presente.

Fuenlabrada, a 9 de diciembre de 2013.—La secretaria, María Sonia Rica de Miguel.

(02/3.489/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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