Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 157

Fecha del Boletín 
04-07-2014

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140704-82

Páginas: 4


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCORCÓN

RÉGIMEN ECONÓMICO

82
Modificación precios públicos

Aprobada por la Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 28 de mayo de 2014, punto 5/256, la modificación de la regulación de los precios públicos municipales por la utilización de las instalaciones, servicios y actividades de la Concejalía de Deportes y Juventud, y en virtud de lo dispuesto en los artículos 52 de la Ley 7/1985 (Reguladora de las Bases de Régimen Local), 116 y 117 de la Ley 30/1992 (Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común) y 8 y 46.1 de la Ley 29/1998 (Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa), se procede a la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID del mencionado acuerdo.

El texto íntegro del acuerdo de modificación y actualización es el siguiente:

1. Modificar y actualizar el articulado de la regulación general de los precios públicos municipales por la utilización de instalaciones, servicios y actividades de la Concejalía de Deportes y Juventud del Ayuntamiento de Alcorcón para el año 2014, en los siguientes apartados, manteniéndose el resto con idéntica redacción.





Beneficios de los usuarios de cuota cero: los usuarios de cuota cero que cumpliendo los requisitos anteriores y no estén cobrando prestación o subsidio por desempleo, tendrán el acceso gratuito a las piscinas municipales gestionadas directamente por el Ayuntamiento de Alcorcón en temporada de invierno y verano en su horario de apertura, el descuento del 50 por 100 sobre el precio público correspondiente de las instalaciones de uso colectivo de deportes de raqueta municipales gestionadas directamente por el Ayuntamiento de Alcorcón, siempre que todos los usuarios tengan la condición de cuota cero y la inscripción a una actividad deportiva desarrollada por la Concejalía de Deportes y Juventud con coste cero, dentro de los horarios valle establecidos por la Concejalía de Deportes y Juventud. El horario valle que se establece será el de las actividades comprendidas entre las ocho y las diecisiete horas, excepto en temporada de verano, y las instalaciones de deportes de raqueta alquiladas entre las ocho y las quince horas, de lunes a viernes no festivos exclusivamente. Esta gratuidad se mantendrá mientras se cumplan los requisitos y se renueve en plazo la condición de usuario de cuota cero. Para los usuarios de cuota cero menores de quince años no se aplicarán los horarios valle indicados anteriormente.

Los usuarios de cuota cero que cumplan los requisitos anteriores y estén cobrando prestación o subsidio por desempleo, tendrán un descuento del 50 por 100 sobre el precio de la entrada y/o bono de 10 baños a las piscinas municipales en temporada de invierno y verano, el descuento del 50 por 100 sobre el precio público correspondiente de las instalaciones de uso colectivo de deportes de raqueta municipales y la inscripción a una actividad deportiva desarrollada por la Concejalía de Deportes y Juventud, con un descuento del 50 por 100 sobre los precios de la actividad dentro de los horarios valle establecidos por la Concejalía de Deportes y Juventud. El horario valle que se establece será el de las actividades comprendidas entre las ocho y las diecisiete horas, excepto en temporada de verano, y las instalaciones de deportes de raqueta alquiladas entre las ocho y las quince horas, de lunes a viernes no festivos exclusivamente. Este descuento se mantendrá mientras se cumplan los requisitos y se renueve en plazo la condición de usuario de cuota cero. Para los usuarios de cuota cero menores de quince años no se aplicarán los horarios valle indicados anteriormente.

2. Las tarifas recogidas en los apartados A (actividades deportivas/trimestre) y B (actividades deportivas/sesión), tendrán descuento del 50 por 100, sobre el precio de la entrada y/o bono de 10 baños a las piscinas municipales en temporada de invierno y verano, en caso de que el sujeto pasivo sea miembro de familia numerosa y así se acredite la condición de la misma.

DISPOSICIÓN FINAL

El presente Acuerdo, previa publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, surtirá efectos desde el 1 de enero de 2014, o si la publicación fuera en fecha posterior al día siguiente de la misma.

Significar que a los precios públicos establecidos por el presente acuerdo, les será de aplicación lo dispuesto en los artículos 41 a 47 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y en el Reglamento General de Recaudación, aprobado por Real Decreto 939/2005, de 29 de julio.

Alcorcón, a 16 de junio de 2014.—La concejala secretaria de la Junta de Gobierno Local, Laura Pontes García.

(03/19.877/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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