Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 157

Fecha del Boletín 
04-07-2014

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140704-117

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 60

117
Juicio verbal 1.250 de 2013

EDICTO

Doña Ángela María Guerrero Rabadán, secretaria judicial del Juzgado de primera instancia número 60 de Madrid.

Hace saber: Que en este tribunal se siguen autos de juicio verbal (reclamación de posesión de bienes de herencia) número 1.250 de 2013, a instancias del Ministerio de Hacienda, sobre solicitud de posesión de bienes adquiridos de la herencia de doña María del Carmen Morillo Gundín, y en fecha 20 de diciembre de 2013 se ha dictado auto otorgando posesión, cuyo extracto es el siguiente:

Auto

Magistrada-juez de primera instancia, doña Inmaculada Vacas Hermida.—En Madrid, a 20 de diciembre de 2013.

Parte dispositiva:

Acuerdo:

1. Otorgar al Ministerio de Hacienda la posesión solicitada, sin perjuicio de tercero de mejor derecho, de los bienes a que se refiere el escrito de demanda, en concreto vivienda sita en la calle Aldea del Fresno, número 22, piso segundo, letra C, de Madrid.

2. Entregar la posesión a la parte actora, practicándose los requerimientos y demás actuaciones precisas que solicite la parte demandante, con entrega de testimonio de esta resolución.

3. Publicar este auto en el tablón de anuncios de este órgano, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en uno de los periódicos de mayor circulación a costa del demandante. En los edictos se instará a los interesados a comparecer en el plazo de cuarenta días, si considerasen tener mejor derecho que el demandante. Notifíquese a la entidad “Barcelasa, Sociedad Limitada”, a la vista del contrato aportado.

Modo de impugnación: recurso de reposición en el plazo de cinco días ante este tribunal.

Y en virtud de lo establecido en el artículo 441.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se insta a los interesados a comparecer y reclamar en el plazo de cuarenta días a contar desde el siguiente al de la publicación del presente edicto si consideran tener mejor derecho que el demandante.

En Madrid, a 23 de mayo de 2014.—La secretaria (firmado).

(03/18.981/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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