Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 157

Fecha del Boletín 
04-07-2014

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140704-140

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 4

140
Procedimiento Seguridad Social 661 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Ana María Ruiz Tejero, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 4 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 661 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Aitor Eginoa Campos, frente al Fondo de Garantía Salarial, “Humana Marketing y Comunicación, Sociedad Anónima”, y Servicio Público Estatal de Empleo, sobre Seguridad Social, se ha dictado la siguiente resolución:

Auto

En Madrid, a 4 de junio de 2014.—Vistos los artículos citados y demás de general y pertinente aplicación al caso de autos,

Dispongo: Que procede acceder a la aclaración solicitada por la entidad demandada, rectificando el error material padecido en la sentencia, acordando recoger en los fundamentos de la sentencia y en el fallo que el porcentaje a aplicar sobre la base reguladora de 97,80 euros en los doscientos cuarenta días de prestación a cuyo abono ha sido condenada como responsable directa la empresa y con obligación de anticipo del Servicio Público Estatal de Empleo del 50 por 100, y no del 70 por 100 como se recoge en los fundamentos y fallo de la sentencia; manteniendo en lo demás en su integridad la presente sentencia.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe interponer recurso alguno, sin perjuicio del recurso de suplicación que cabe interponer para ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid conjuntamente con el de la sentencia que se aclara y en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de la presente resolución.

Así por este mi auto lo pronuncia, manda y firma la ilustrísima magistrada-juez de lo social doña María Isabel Saiz Areses.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Humana Marketing y Comunicación, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 4 de junio de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/18.811/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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