Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 157

Fecha del Boletín 
04-07-2014

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140704-159

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 12

159
Procedimiento ordinario 1.014 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Montserrat Torrente Muñoz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 12 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 1.014 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Alejandro Bartolomé Gonzalo, frente a don José Luis Millán Cruz, Fondo de Garantía Salarial y “Sociedad Civil Millán Cruz”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado sentencia, cuyo fallo es el siguiente:

Estimo la demanda del actor don Alejandro Bartolomé Gonzalo y declaro debida la cantidad reclamada con su demanda.

En consecuencia, condeno de forma solidaria los demandados “Sociedad Civil Millán Cruz” y don José Luis Millán Cruz a estar y pasar por las anteriores declaraciones y a que abonen de forma solidaria al actor la cantidad de 12.326,52 euros brutos de principal por los conceptos de la demanda.

Asimismo, declaro la mora de los demandados y a la anterior cantidad habrá de incrementarse el 10 por 100 de interés por mora desde la fecha del despido (20 de septiembre de 2012) hasta su total pago.

Declaro la responsabilidad subsidiaria del Fondo de Garantía Salarial que responderá de la cantidad objeto de condena hasta el límite legalmente establecido, no haciéndose extensiva la delaración de mora a dicho organismo.

Contra esta sentencia cabe la interposición de recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que se anunciará dentro de los cinco días siguientes a su notificación, bastando para ello la manifestación de la parte, de su abogado o representante en el momento de la notificación, pudiendo hacerlo también estas personas por comparecencia o por escrito ante este Juzgado en el mismo plazo.

Si la parte recurrente es la empresa, se acompañará al anuncio justificante de haber ingresado 300 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado, con el número 2510, con la indicación del número 1.014/13 de procedimiento, en la sucursal del “Banco Santander” (oficina situada en la planta primera de estos Juzgados), así como en el supuesto de no gozar de justicia gratuita, además, deberá acreditar el recurrente haber consignado en la misma entidad bancaria la cantidad objeto de condena. Al hacer el anuncio se designará por escrito o comparecencia al letrado que dirija el recurso, y si no se hiciera, se designará de oficio.

En caso de recurso, la empresa habrá de cumplimentar las tasas conforme a la Ley 10/1012, de 20 de noviembre (“Boletín Oficial del Estado” de 21 de diciembre de 2012), y orden HAP/2662/2012 de 13 de octubre (“Boletín Oficial del Estado” de 15 de diciembre de 2012), modificada por la orden HAP/490/2013, de 27 de marzo (“Boletín Oficial del Estado” de 30 de marzo de 2013), y el Real Decreto-Ley de 3/2013, de 22 de febrero (“Boletín Oficial del Estado” de 23 de marzo de 2013).

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a los destinatarios de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a don José Luis Millán Cruz y “Sociedad Civil Millán Cruz”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 3 de junio de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/18.826/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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