Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 157

Fecha del Boletín 
04-07-2014

Sección 3.10.20L: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140704-98

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE LOS MOLINOS

RÉGIMEN ECONÓMICO

98
Padrones tasas 2014

En sesión de la Junta de Gobierno Local, celebrada el día 8 de mayo de 2014, se han aprobado los padrones de tasa de recogida de basura y de vado permanente correspondientes al ejercicio 2014.

Durante el plazo de quince días quedan expuestos al público los citados padrones en la oficina de Recaudación de este Ayuntamiento a fin de que puedan ser examinados por los interesados, a efectos del artículo 14.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

Se encuentran al cobro los recibos de la tasa de recogida de basura, correspondientes al primer plazo del ejercicio 2014, y los recibos con cuota anual inferior a 40,00 euros (cuya exacción se realiza en un solo plazo), en período voluntario del día 9 de junio al día 11 de agosto de 2014.

El pago de estos recibos se puede hacer efectivo en la oficina de Recaudación del Ayuntamiento, de lunes a viernes, en horario de ocho y treinta a trece, o a través de “Bankia” o “Caixabank”, presentando el recibo enviado por correo.

El vencimiento del plazo de ingreso en período voluntario sin haber sido satisfecha la deuda determinará el inicio del período ejecutivo, la exigencia de los intereses de demora y de los recargos de apremio en los términos de los artículos 26 y 28 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y, en su caso, de las costas del procedimiento de apremio, tal y como se establece en el artículo 161.4 del citado texto legal.

Lo que se hace público para general conocimiento de todo el vecindario.

En Los Molinos, a 13 de mayo de 2014.—El alcalde (firmado).

(02/3.449/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20L: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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