Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 162

Fecha del Boletín 
10-07-2014

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140710-232

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 39

232
Procedimiento 282 de 2014

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Leonor González Mosqueira, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 39 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 282 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Hoyd Ezeani Ezeani, frente a “Brasa y Leña España, Sociedad Limitada”, y “Franquicia Brasa y Leña”, sobre modificación sustancial de condiciones laborales, se ha dictado la siguiente resolución:

Diligencia.—En Madrid, a 9 de junio de 2014.

La extiendo yo, la secretaria judicial, para hacer constar que en el día señalado para los actos de conciliación y/o juicio y llamado el demandante no ha comparecido, no obstante estar citado en legal forma. Asimismo, comparece el letrado don David Iglesias Casas, colegiado número 79.492, en nombre y representación de “Brasa y Leña España, Sociedad Limitada”, acreditándolo mediante poder notarial otorgado ante el ilustrísimo notario de Madrid, don Urbano Álvarez Merino, con número de protocolo 225, de fecha 3 de febrero de 2009— Paso a dar cuenta, doy fe.

Auto

En Madrid, a 9 de junio de 2014.

Parte dispositiva:

Se acuerda tener por desistido a la parte actora don Hoyd Ezeani Ezeani de la acción ejercitada en este procedimiento y ordenar el archivo de las presentes actuaciones, previa baja en el libro correspondiente.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banco Santander”, número de cuenta 4283/0000/69/0282/14.

Así por este su auto lo acuerda, manda y firma la ilustrísima magistrada-juez de lo social doña María Luz Rico Recondo.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Franquicia Brasa y Leña”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 9 de junio de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/19.507/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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