Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 163

Fecha del Boletín 
11-07-2014

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140711-69

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 66

69
Procedimiento 988 de 2011

EDICTO

En el presente procedimiento de medidas paterno-filiales número 988 de 2011 seguido a instancias de doña Marisol Porras Morillo, frente a don Kenny Montero, se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

Sentencia número 278 de 2014

En Madrid, a 9 de junio de 2014.—En el procedimiento de medidas paterno-filiales número 988 de 2011, siendo demandante, doña Marisol Porras Morillo, con procurador don José María Rico Maesso y letrada doña Juana María Galeano Melgar, y como demandado, don Kenny Montero, sin profesionales asignados, y con intervención del ministerio fiscal.

Fallo

Estimar la demanda interpuesta por el procurador don José María Rico Maesso, en nombre y representación de doña Marisol Porras Morillo, contra don Kenny Montero, que se mantuvo en situación de rebeldía procesal, y en consecuencia, acordar las siguientes medidas:

1.o Se atribuye a la madre la guarda y custodia del hijo menor, Kevin Kenny, así como el ejercicio exclusivo de la patria potestad.

2.o No se fija régimen de visitas, estancias o comunicación alguna a favor del padre, ni tampoco pensión de alimentos a su cargo, sin perjuicio de que se puedan alterar tales pronunciamientos de modificarse las circunstancias concurrentes.

Procede declarar las costas de oficio.

Notifiques esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial, en los términos prevenidos en los artículos 455 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil que, en su caso, habrá de interponerse, ante este Juzgado, dentro del plazo de veinte días contados desde el siguiente a la notificación de la misma. Para recurrir es de aplicación la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en su nueva redacción dada por el apartado 19 del artículo 1 de la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la Ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.

Llévese el original al libro de sentencias.

Por esta sentencia, de la que se expedirá testimonio para incorporarlo a las actuaciones, lo pronuncia, manda y firma doña Lucía Legido Gil, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 66 de Madrid.—Doy fe.

Y encontrándose dicho demandado don Kenny Montero en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 10 de junio de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/19.828/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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