Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 163

Fecha del Boletín 
11-07-2014

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140711-72

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE ALCALÁ DE HENARES NÚMERO 6

72
Procedimiento 195 de 2013

EDICTO

En el procedimiento de divorcio contencioso número 195 de 2013, sobre pieza de familia incidentes, se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

Sentencia número 323

En Alcalá de Henares, a 8 de abril de 2014.—Vistos por mí, doña Cristina Miláns del Boch y Sánchez Galiano, magistrada-juez titular del Juzgado de primera instancia número 6 de esta ciudad y su partido, los presentes autos de juicio por divorcio contencioso número 195 de 2013, seguidos a instancias de don Camilo Nsue Nnang, representado por la procuradora de los tribunales señora Morena Villanueva y defendido por la letrada señora Galindo Serrano, contra doña Glory Agbonutumen Bello, sin representación procesal, y al siguiente

Fallo

Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por don Camilo Nsue Nnang, contra doña Glory Agbonutumen Bello, debo declarar y declaro haber lugar al divorcio del matrimonio de ambos celebrado en Alcalá de Henares (Madrid), el día 25 de mayo de 2001, disolviendo el mismo con todos los pronunciamientos legales inherentes. Y ello con expresa condena en costas a la parte demandada.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme y que contra ella cabe interponer recurso de apelación por escrito, ante este Juzgado, en el plazo de los veinte días siguientes al de su notificación y del que conocería la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid.

Una vez firme la presente resolución, comuníquese al Registro Civil donde se halle inscrito el matrimonio.

Así por esta mi sentencia, en nombre del Rey, lo pronuncio, mando y firmo.

Y como consecuencia del ignorado paradero de doña Glory Agbonutumen Bello se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación a la mencionada.

En Alcalá de Henares, a 3 de junio de 2014.—El secretario (firmado).

(03/19.875/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140711-72