Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 163

Fecha del Boletín 
11-07-2014

Sección 4.140.40: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140711-194

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 41

194
Procedimiento 1.275 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María José González Huergo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 41 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 1.275 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Gerardo Aparicio García, don Javier Rodríguez Acosta, don José Higes García y don Sergio Rivera Rico, frente a doña Manuela Serrano Sánchez, “Carinox, Sociedad Anónima”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado la siguiente resolución:

Fallo

Que estimando como estimo la demanda de resolución de contrato formulada por don José Higes García, don Javier Rodríguez Acosta y don Gerardo Aparicio García, contra la empresa “Carinox, Sociedad Anónima”, debo declarar y declaro extinguida la relación laboral que unía a las partes con efectos desde esta resolución judicial, y debo condenar y condeno a la empresa a abonarles la indemnización siguiente:

A don José Higes García: 37.731,32 euros.

A don Javier Rodríguez Acosta: 27.656,30 euros.

A don Gerardo Aparicio García: 20.990,97 euros.

Y desestimando como desestimo la demanda de resolución de contrato formulada por don Sergio Rivera Rico, debo absolver y absuelvo a la empresa de los pedimentos de aquella.

Estimando como estimo la demanda de cantidad formulada por don José Higes García, don Javier Rodríguez Acosta, don Sergio Rivera Rico y don Gerardo Aparicio García, contra la empresa “Carinox, Sociedad Anónima”, debo condenar y condeno a esta a abonar a aquellos las cantidades siguientes:

A don José Higes García: 11.515,07 euros.

A don Javier Rodríguez Acosta: 11.568,39 euros.

A don Sergio Rivera Rico: 9.542,21 euros.

A don Gerardo Aparicio García: 10.392,33 euros.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a las partes que contra esta sentencia puede interponerse recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, anunciándolo por comparecencia o por escrito en este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación y designando letrado o graduado social colegiado para su tramitación. Se advierte al recurrente que no fuese trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social ni gozase del derecho de asistencia jurídica gratuita que deberá acreditar al tiempo de interponerlo haber ingresado el importe de 300 euros en la cuenta número 5052 del “Banco Santander”, aportando el resguardo acreditativo, así como acreditar al tiempo de anunciarlo haber consignado el importe íntegro de la condena en el “Banco Santander” o presentar aval, de duración indefinida y pagadero a primer requerimiento, de entidad financiera por el mismo importe en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Carinox, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios del Juzgado.

En Madrid, a 10 de junio de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/19.670/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.40: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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