Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 163

Fecha del Boletín 
11-07-2014

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140711-208

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÁLAGA NÚMERO 8

208
Procedimiento 481 de 2013

EDICTO

Doña María Rosario Serrano Lorca, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 8 de Málaga.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 481 de 2013 a instancias de la parte actora don Antonio Bueno Castro, don Antonio Bueno Hidalgo y don Pedro Osorio Castillo, contra “Unisumma, Sociedad Anónima”, “Holly Salud, Sociedad Limitada”, “Proyectos Inmobiliarios del Literal Murciano, Sociedad Limitada”, “Vograla, Sociedad Anónima”, “Posadas de Andalucía, Sociedad Anónima”, “MF Turiscontrol, Sociedad Limitada”, “Nortalia Center, Sociedad Limitada”, “Vintage Mundial, Sociedad Limitada”, “Kross Hotels, Sociedad Limitada”, “Vox Turística, Sociedad Limitada”, Tesorería General de la Seguridad Social, “Summa Hoteles, Sociedad Limitada”, “Gerinfor, Sociedad Limitada”, e Instituto Nacional de la Seguridad Social, sobre despido objetivo individual, se ha dictado resolución de fecha 13 de mayo de 2014 del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:

Aclarar la sentencia dictada en los presentes autos en el sentido de acordar que la redacción correcta del punto quinto del fallo de la misma es del siguiente tenor literal:

Fallo

«5. Condenar, conjunta y solidariamente, a “Gerinfor, Sociedad Limitada”, “Summa hoteles, Sociedad Limitada”, “Unisumma, Sociedad Anónima”, “Holly Salud, Sociedad Limitada”, “Proyectos Inmobiliarios del Literal Murciano, Sociedad Limitada”, “Vograla, Sociedad Anónima”, “Posadas de Andalucía, Sociedad Anónima”, “MF Turiscontrol, Sociedad Limitada”, “Nortalia Center, Sociedad Limitada”, “Vintage Mundial, Sociedad Limitada”, “Kross Hotels, Sociedad Limitada”, y “Vox Turística, Sociedad Limitada”, a abonar a los demandantes por los conceptos salariales anteriormente expresados:

A don Antonio Bueno Hidalgo: la cantidad de 6.304,82 euros, más la cantidad de 630,48 euros en concepto de mora, lo que hace un total de 6.935,30 euros.

A don Pedro Osorio Castillo: la cantidad de 96.300,47 euros, más la cantidad de 9.630,04 euros en concepto de mora, lo que hace un total de 105.930,51 euros.

A don Antonio Bueno Castro: la cantidad de 23.646,32 euros, más la cantidad de 2.364,63 euros en concepto de mora, lo que hace un total de 26.010,95 euros.»

Y para que sirva de notificación a la demandada “MF Turiscontrol, Sociedad Limitada”, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos.

En Málaga, a 5 de junio de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/19.850/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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