Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 167

Fecha del Boletín 
16-07-2014

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140716-234

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE PLASENCIA NÚMERO 3

234
Procedimiento ordinario 160 de 2014-4

EDICTO

Doña María Auxiliadora Castaño Ramos, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 3 de Plasencia.

Hago saber: Que en el procedimiento ordinario número 160 de 2014-4 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Francisco Javier Arroyo Moreno, contra “Defender Seguridad, Sociedad Anónima”, sobre ordinario por reclamación de salarios, se ha dictado la sentencia número 129 de 2014, de fecha 18 de junio de 2014, y cuya parte dispositiva dice:

Fallo

Estimo la demanda presentada por el letrado don José Pablo Iglesias Fernández, en nombre de don Francisco Javier Arroyo Moreno, y condeno a la empresa demandada “Defender Seguridad, Sociedad Anónima”, a abonar al actor la suma de 11.355,09 euros, cantidad que habrá de incrementarse en el 10 por 100 de interés de demora.

Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, que deberá ser anunciado por comparecencia o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia o por simple manifestación de la parte o su abogado en el momento en que se le practique la notificación. Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o causahabiente suyo o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 300 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta en el “Banco Español de Crédito, Sociedad Anónima” (“Banesto”), sito en esta ciudad, en la calle Talavera, número 26, a nombre de este Juzgado con el número 3142, clave 65, acreditando ante la Secretaría de este Juzgado mediante la presentación del justificante de ingreso en el período comprendido hasta la formalización del recurso, así como en el caso de haber sido condenado en sentencia al pago de alguna cantidad consignar en la citada cuenta la cantidad objeto de condena o formalizar aval bancario por dicha cantidad en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándolos a este Juzgado con el anuncio de recurso. En todo caso, el recurrente deberá designar abogado para la tramitación del recurso al momento de anunciarlo.

Incorpórese esta sentencia al correspondiente libro y expídase certificación literal de la misma para constancia en las actuaciones.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación

En la misma fecha fue leída y publicada la anterior resolución por la ilustrísima magistrada-juez que la dictó celebrando audiencia pública, de lo que yo, la secretaria judicial, doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Defender Seguridad, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Plasencia, a 19 de junio de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/20.259/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140716-234