Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 167

Fecha del Boletín 
16-07-2014

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140716-91

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE SAN LORENZO DE EL ESCORIAL NÚMERO 2

91
Procedimiento ordinario 828 de 2012-L

EDICTO

En el procedimiento ordinario número 828 de 2012 que se tramita en este Juzgado, promovido por “Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, Sociedad Anónima”, frente a doña Susana Columba Astudillo Astudillo, que se encuentra en ignorado paradero, ha recaído sentencia de fecha 13 de marzo de 2014 con la siguiente parte dispositiva:

Fallo

Que con estimación parcial la demanda presentada por “Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, Sociedad Anónima”, debo condenar y condeno a doña Susana Columba Astudillo Astudillo a que abone a la actora el capital no satisfecho del contrato de préstamo concertado entre las partes el día 25 de octubre de 2007 de 9.353,98 euros, más el interés retributivo reclamado en la demanda de 2.498,80 euros, adicionando el interés legal devengado desde la fecha de su interposición de la demanda hasta el completo pago y con expresa condena al pago de las costas.

Contra la presente resolución pueden las partes interponer en el plazo de veinte días, y ante este mismo Juzgado, recurso de apelación para ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid conforme al artículo 457 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. El recurso deberá interponerse previa constitución de depósito de 50 euros en la cuenta del expediente correspondiente al procedimiento en que se haya dictado la resolución objeto de recurso, debiendo especificar en el campo “Concepto” que se trata de un “Recurso”, seguido del código y tipo de recurso de que se trate, sin cuyo requisito no se admitirá el recurso (disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en su modificación introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre), así como la tasa en el caso de personas jurídicas.

Y para que sirva de notificación a la demandada rebelde en ignorado paradero doña Susana Columba Astudillo Astudillo extiendo el presente.

Dado en San Lorenzo de El Escorial, a 29 de mayo de 2014.—El secretario judicial (firmado).

(02/4.125/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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