Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 167

Fecha del Boletín 
16-07-2014

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140716-49

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCOBENDAS

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

49
Ordenanza creación ficheros de datos

Por el Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el 28 de abril de 2014, se acordó aprobar inicialmente la ordenanza de:

a) Creación de los siguientes ficheros de datos de carácter personal: “Bodas”, “Cementerio Municipal”, “Aparcamientos para Residentes”, “Escuela de Música y Danza”, “Actividades Deportivas”.

b) Modificación de los siguientes ficheros de datos de carácter personal pertenecientes al Ayuntamiento: “Registro de Parejas de Hecho”, “Actividades Educativas y Deportivas” “Registro de Familias Numerosas”, “Responsabilidad Patrimonial”, “Datos Tráfico”.

Modificación de los siguientes ficheros de datos de carácter personal pertenecientes al Patronato Sociocultural: “Selección e ingreso de Personal del PSC”, “Maestro de Trabajadores del PSC”, “Colonias y Campamentos”, “Archivo Audiovisual Digital”.

Modificación de los siguientes ficheros de datos de carácter personal pertenecientes al Patronato Municipal de Deportes: “Selección e ingreso de Personal del PMD”, “Maestro de Trabajadores del PMD”

Modificación de los siguientes ficheros de datos de carácter personal pertenecientes al Patronato de Bienestar Social: “Casa de la Mujer”, “Selección e ingreso de Personal del PBS”, “Maestro de Trabajadores del PBS”, “Demandas Servicios Sociales”, “Mayores”, “Consumo”, “CAID Alcobendas”, “Salud Pública” “Laboratorio, Alimentos y Aguas”.

c) Supresión de los siguientes ficheros de datos de carácter personal del Ayuntamiento: “Actividades económicas, directorio de industria y comercio”, “Subvenciones municipales en materia de empleo” “Convenios Ayuntamiento en materia de empleo”.

Supresión de los siguientes ficheros de datos de carácter personal del Patronato de Bienestar Social: “Becas Servicios Sociales”, “Programa Antitabaco”, “SAI”.

Y someterla a información pública por un plazo de treinta días hábiles, mediante la inserción del correspondiente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, surtiendo esta aprobación inicial efectos definitivos si no se presentan alegaciones.

Lo que se hace público en cumplimiento de lo prevenido en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, significándose que el plazo de treinta días para la presentación de las alegaciones que se estimen oportunas empezará a contar desde el siguiente al de la publicación del presente anuncio, quedando el respectivo expediente en las oficinas municipales a efectos de que pueda ser examinado por los interesados.

Alcobendas, a 19 de mayo de 2014.—El alcalde-presidente, Ignacio García de Vinuesa Gardoqui.

(03/16.395/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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