Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 168

Fecha del Boletín 
17-07-2014

Sección 1.4.70.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140717-21

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTE

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RESOLUCIÓN de 12 de junio de 2014, de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que, en cumplimiento de la diligencia de ordenación acordada por el Juzgado de Primera Instancia número 44 de Madrid, en fecha 29 de mayo de 2014, se publica edicto judicial dictado en el procedimiento de juicio verbal 1885/2012.

En el procedimiento de juicio verbal 1885/2012 seguido a instancias de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte frente a don William Arbeláez Franco, se ha dictado sentencia de 5 de marzo de 2014 estimando íntegramente la demanda formulada por el letrado de la Comunidad de Madrid.

Con fecha 29 de mayo de 2014, el Juzgado de Primera Instancia número 44 acuerda notificar la citada sentencia mediante edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a fin de que sirva de notificación al demandado ya que este se encuentra en paradero desconocido.

Por ello, y en aplicación de lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 497 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, se procede por la presente a publicar dicha notificación cuyo texto íntegro se une como Anexo a la presente Resolución.

Madrid, a 12 de junio de 2014.—El Secretario General Técnico, PS (Orden 1936/2014), el Viceconsejero de Organización Educativa, Manuel Pérez Gómez.

ANEXO

En el presente procedimiento verbal 1885/2012, seguido a instancias de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte de la Comunidad de Madrid, frente a don William Arbeláez Franco, se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

Fallo

Que debo estimar y estimo íntegramente demanda formulada por el letrado de la Comunidad de Madrid, en nombre y representación de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, contra don William Arbeláez Franco, y en consecuencia debo condenar y condeno a este último a abonar a la actora la cantidad de 470 euros, más los intereses legales correspondientes desde la fecha en el que se le requirió de pago al mismo mediante Resolución de 20 de marzo de 2012, esto es, desde el 21 de marzo de 2012, y al abono de las costas causadas.

Notifíquese la presente Resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe interponer recurso alguno.

Y encontrándose dicho demandado, don William Arbeláez Franco, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.—El Secretario Judicial del Juzgado de Primera Instancia número 44 de Madrid (firmado).

(03/21.824/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.70.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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