Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 174

Fecha del Boletín 
24-07-2014

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140724-110

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 1

110
Procedimiento ordinario 771 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Rosario Barrio Pelegrini, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 771 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don David Gómez González, doña María de ñps Ángeles Martín-Consuegra Redondo, doña María Jesús Aparicio Gutiérrez y doña Natalia Espinar Segovia, frente a “Electro Sector III, Sociedad Limitada”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado el siguiente resolución:

Sentencia número 152 de 2014

En Madrid, a 3 de abril de 2014.—Visto por el ilustrísimo señor don Antonio Martínez Melero, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 1 de esta ciudad, el juicio promovido en reclamación de cantidad, a instancias de don David Gómez González, doña María de los Ángeles Martín-Consuegra Redondo, doña María Jesús Aparicio Gutiérrez y doña Natalia Espinar Segovia, frente a la empresa “Electro Sector III, Sociedad Limitada”.

Vistos los preceptos citados y demás de general aplicación al caso,

Fallo

Que estimando íntegramente las pretensiones de la demanda, condeno a la empresa “Electro Sector III, Sociedad Limitada”, a abonar a los actores las cantidades principales que después se exponen, más el interés por mora que el respectivo principal devengue según lo prescrito en el artículo 29.3 del Estatuto de los Trabajadores, a razón de un 10 por 100 anual hasta la fecha de la presente sentencia, sin perjuicio de los intereses legales que con arreglo a lo dispuesto en el artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil deban producirse a partir de la misma. Los importes principales son los siguientes:

A don David Gómez González: 4.395,91 euros.

A doña María de los Ángeles Martín-Consuegra Redondo: 3.127,31 euros.

A doña María Jesús Aparicio Gutiérrez: 4.182,37 euros.

A doña Natalia Espinar Segovia: 2.132,14 euros.

Notifíquese la presente resolución en legal forma a la partes y adviértase que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación para ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que deberá anunciarse ante este Juzgado por comparecencia o por escrito en el plazo de cinco días contados a partir de la notificación de la presente resolución, siendo indispensable que al tiempo de anunciarlo, el recurrente, si es parte condenada que no goce del beneficio de justicia gratuita, presente resguardo del ingreso, efectuado en “Fondos de anticipos reintegrables sobre sentencia recurrida” de la cantidad objeto de la condena, con indicación de la entidad bancaria 0049, oficina 3569, DC 92, número de cuenta 0005001274, beneficiario Juzgado de lo social número 1 de Madrid, concepto 2499000000 y número del presente procedimiento judicial (unido sin separación a la numeración del “Concepto”, con seis dígitos, cuatro para el número de procesamiento y los dos últimos para el año), en la sucursal de “Banco Santander”, o bien presente aval bancario de su importe, y dentro del plazo de diez días para la formalización del recurso deberá presentar también resguardo del ingreso en “Recursos de suplicación” de la cantidad de 300,00 euros, efectuado en la misma sucursal bancaria y con indicación de los mismos datos referidos anteriormente. El incumplimiento de estos requisitos dará lugar a que se tenga a dicha parte por desistida del recurso anunciado.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Electro Sector III, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 23 de junio de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/21.431/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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