Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 177

Fecha del Boletín 
28-07-2014

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140728-127

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24

127
Procedimiento 1.422 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE CITACIÓN A JUICIO Y A INTERROGATORIO

Órgano que ordena citar: Juzgado de lo social número 24 de Madrid.

Asunto en que se acuerda: juicio número 1.422 de 2013, promovido por don Justo Álvarez Sánchez, sobre despido.

Persona que se cita: “Bosque Real, Sociedad Limitada”, en concepto de parte demandada en dicho juicio.

Objeto de la citación: asistir a los actos de conciliación y juicio y, en su caso, responder al interrogatorio solicitado por don Justo Álvarez Sánhez sobre los hechos y circunstancias objeto del juicio y que el tribunal declare pertinentes.

Lugar y fecha en los que debe comparecer: en la sede de este Juzgado, sito en la calle Princesa, número 3, Sala de vistas número 1-A, ubicada en la planta octava, el día 1 de diciembre de 2014, a las diez y veinte horas.

Advertencias legales

1. Su incomparecencia injustificada no impedirá la celebración del juicio, que continuará sin necesidad de declarar su rebeldía (artículo 83.3 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Las siguientes comunicaciones se harán en los estrados del Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento (artículo 59 de la Ley de la Jurisdicción Social).

2. Debe concurrir a juicio con todos los medios de prueba de que intente valerse (artículo 82.2 de la Ley de la Jurisdicción Social).

3. Si pretende comparecer en el juicio asistida de abogado o representada por procurador o graduado social colegiado debe manifestarlo a este Juzgado por escrito dentro de los dos días siguientes a la publicación del presente edicto (artículo 21.2 de la Ley de la Jurisdicción Social).

4. Si no comparece, y no justifica el motivo de la incomparecencia, el tribunal podrá considerar reconocidos los hechos controvertidos que le perjudiquen (artículo 304 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, en relación con el artículo 91 de la Ley de la Jurisdicción Social), además de imponerle, previa audiencia, una multa de entre 180 y 600 euros (artículos 304 y 292.4 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

5. La publicación de este edicto sirve de citación en legal forma a la parte demandada, que se encuentra en ignorado paradero.

Diligencia.—En Madrid, a 3 de julio de 2014.

La extiendo yo, la secretaria judicial, para hacer constar que el día 6 de mayo de 2014 por la parte actora se ha presentado escrito interponiendo recurso de reposición contra la resolución de fecha 24 de abril de 2014, de todo lo cual paso a dar cuenta y doy fe.

Providencia

Ilustrísima magistrada-juez de lo social, doña Silvia Plaza Ballesteros.—En Madrid, a 3 de julio de 2014.

Dada cuenta; el anterior escrito presentado por la parte actora, interponiendo recurso de reposición contra la resolución de fecha 24 de abril de 2014, únase a los autos de su razón y dese traslado, en su caso, a las demás partes.

Únase también el anterior escrito de fecha 9 de mayo de 2014 presentado por la parte actora.

No ha lugar a admitir a trámite el citado recurso de reposición de conformidad con lo establecido en el artículo 187 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, toda vez que habiéndose suspendido los actos de conciliación y juicio señalados en fecha 6 de mayo de 2014, y señalándose nuevamente para el día 1 de diciembre de 2014, a las diez y veinte horas, ha quedado carente de contenido el recurso de reposición planteado por la parte actora, procediéndose a proveer sobre la prueba solicitada, existiendo término para su realización.

Se amplía la demanda contra el administrador de la mercantil don Fernando Lalanda Marcos.

Cítese a “Bosque Real, Sociedad Limitada”, por medio de edictos.

Esta resolución es firme y contra la misma no cabe recurso alguno (artículo 197.2 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social).

Lo manda y firma su señoría.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

Diligencia.—En Madrid, a 3 de julio de 2014.

La extiendo yo, la secretaria judicial, para dar cuenta del escrito presentado por don Justo Álvarez Sánchez en fecha 22 de abril de 2014 en el que se solicita diligencia en relación con la prueba a practiar en el acto del juicio señalado para el día 1 de diciembre de 2014.—Doy fe.

Auto

En Madrid, a 3 de julio de 2014.

Parte dispositiva:

Ha lugar a la práctica de la diligencia de prueba interesada por don Justo Álvarez Sánchez y, en consecuencia, se acuerda:

En cuanto a la documental: queda requerida la demandada con la notificación de la presente resolución.

Líbrese oficio a la Inspección de Trabajo, con la advertencia de que la documentación interesada habrá de remitirse antes del día 1 de diciembre de 2014, fecha señalada para el juicio.

Expídase vida laboral de don Justo Álvarez Sánchez, quedando a disposición de las partes en la Secretaría del Juzgado para su examen.

Practíquense las diligencias de citación y/o requerimiento oportunas en relación con lo acordado.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banco Santander”, número de cuenta 2522/0000/61/1422/13.

Así por este su auto lo acuerda, manda y firma la ilustrísima magistrada-juez de lo social doña Silvia Plaza Ballesteros.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

La persona citada puede examinar los autos en la Secretaría del Juzgado hasta el día de la celebración del juicio.

En Madrid, a 3 de julio de 2014.—La secretaria juicial, Marta Menárguez Salomón.

(03/22.673/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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