Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 178

Fecha del Boletín 
29-07-2014

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140729-202

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE A CORUÑA NÚMERO 5

202
Procedimiento ordinario 425 de 2013-L

EDICTO

Doña María Jesús Hernando Arenas, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 5 de A Coruña.

Hago saber: Que en el procedimiento ordinario número 425 de 2013-L, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 362 de 2014

En A Coruña, a 26 de junio de 2014.—Vistos por doña Carmen Sangiao Pereira, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 5 de A Coruña y su partido, los presentes autos de juicio número 425 de 2013, seguidos a instancias de doña María del Carmen Pumar Gómez, representada por el letrado don Jesús Manuel Puñal Souto, contra “Gespalia, Sociedad Limitada”, administradora concursal “Concurlex Abogados, Sociedad Limitada Profesional”, y Fondo de Garantía Salarial, que no comparecen pese a estar debidamente citados, sobre reclamación de cantidad.

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por doña María del Carmen Pumar Gómez, contra la empresa “Gespalia, Sociedad Limitada”, debo condenar y condeno a la empresa a que abone a la actora la cantidad de 3.548,60 euros por los conceptos reclamados en demanda, más el 10 por 100 de interés por mora, debiendo responder de esta cantidad, en su condición de administrador concursal, “Concurlex Abogados, Sociedad Limitada Profesional”.

Asimismo, debo absolver y absuelvo al Fondo de Garantía Salarial, sin perjuicio de su responsabilidad subsidiaria en los casos previstos en el artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores.

Contra esta resolución cabe recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, el cual deberá anunciarse en este Juzgado en el plazo de cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando la manifestación de la parte o de su abogado o representante dentro del plazo indicado.

Así lo pronuncio, mando y firmo.

Para que conste e insertar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID a fin de que sirva de notificación a “Gespalia, Sociedad Limitada”, con el apercibimiento de que las sucesivas notificaciones se realizarán en los estrados del Juzgado, salvo las que revistan la forma de emplazamiento, sentencia y autos.

En A Coruña, a 27 de junio de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/21.868/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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