Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 182

Fecha del Boletín 
02-08-2014

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140802-48

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 17

48
Procedimiento 590 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Miguel Ángel Acevedo González, secretario judicial del Juzgado de lo social número 17 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 590 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Arturo García Gómez, don Ernesto Fernández Rivero, don Francisco Sánchez Mateos Campo, don Francisco Javier Cabrera Sánchez, don G. Roberto García Briceño y don Santiago Díaz de las Heras, frente a don Pascual Vidal Fernández (administrador concursal) y “Telettrix Instalaciones, Sociedad Limitada”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado la siguiente resolución:

Que estimando la demanda formulada por don Ernesto Fernández Rivero, don G. Roberto García Briceño, don Arturo García Gómez, don Santiago Díaz de las Heras, don Francisco Sánchez Mateos Campo y don Francisco Javier Cabrera Sánchez, contra “Telettrix Instalaciones, Sociedad Limitada”, debo declarar y declaro improcedentes los despidos de los demandantes, condenando a la empresa demandada a que les indemnice en la suma que se indica a continuación, declarando extinguida en esta fecha la relación laboral.

A don Ernesto Fernández Rivero: 48.448,80 euros.

A don G. Roberto García Briceño: 36.951,64 euros.

A don Arturo García Gómez: 38.794,04 euros.

A don Santiago Díaz de las Heras: 48.304,80 euros.

A don Francisco Sánchez Mateos Campo: 47.771,96 euros.

A don Francisco Javier Cabrera Sánchez: 22.804,99 euros.

Comuníquese esta resolución a la Inspección de Trabajo y notifíquese a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme y frente a ella cabe formular recurso de suplicación al Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá anunciarse en este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando la manifestación de la parte o de su abogado o representante dentro del indicado plazo.

Si el recurso no goza del beneficio de justicia gratuita deberá al tiempo de anunciar el recurso haber consignado la cantidad objeto de condena en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que tiene abierta este Juzgado.

Asimismo, deberá en el momento de interponer el recurso consignar la suma de 300 euros en concepto de depósito.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Telettrix Instalaciones, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 2 de julio de 2014.—El secretario judicial (firmado).

(03/22.518/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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