Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 184

Fecha del Boletín 
05-08-2014

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140805-110

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 21

110
Procedimiento ordinario 1.316 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Angustias Caro Vida, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 21 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 1.316 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Mohamed El Habachy, frente a “Organización de Eventos Quinta Esencia, Sociedad Limitada”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado resolución, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

En Madrid, a 26 de julio de 2014.—La ilustrísima señora doña Elena Burgos Herrera, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 21 de Madrid, ha dictado en nombre del Rey la siguiente

Sentencia número 244 de 2013

En los autos de juicio verbal, en reclamación de cantidad, seguidos entre las partes: de la una, y como demandante, don Mohamed El Habachy, con número de identificación de extranjería X-961319-K, defendido por el letrado don Fernando de Noriega Rodríguez, y de la otra, y como demandados, “Organización de Eventos Quinta Esencia, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial.

Fallo

Que estimando la demanda formulada por don Mohamed El Habachy, contra “Organización de Eventos Quinta Esencia, Sociedad Limitada”, debo condenar y condeno a la empresa demandada a abonar al actor la cantidad de 2.614,97 euros brutos en concepto de indemnización por despido y diferencias retributivas, con el desglose por partidas que figura en el relato fáctico, más 393,53 euros de interés por mora.

Notifíquese esta sentencia a las partes, a las que se advierte que es firme, ya que contra la misma no cabe interponer recurso.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación

Leída y publicada fue la anterior sentencia en el día 27 de junio de 2014 por la ilustrísima magistrada-juez de lo social doña Elena Burgos Herrera que la suscribe, en la Sala de audiencias de este Juzgado.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Organización de Eventos Quinta Esencia, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 2 de julio de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/22.731/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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