Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 186

Fecha del Boletín 
07-08-2014

Sección 1.3.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140807-12

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO

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ORDEN 1557/2014, de 30 de julio, de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, por la que se interrumpe el cómputo de los plazos previstos legalmente para la resolución de los expedientes cuyo conocimiento corresponda a la Comisión de Urbanismo de Madrid, durante el período de tiempo en el que quedan suspendidas las sesiones del citado órgano colegiado.

El artículo 22 del Decreto 68/1983, de 30 de junio, por el que se crea la Comisión de Urbanismo de Madrid y se aprueba su Reglamento de Organización y Funcionamiento, establece que en el cómputo de los plazos previstos en la legislación vigente para la resolución de los expedientes cuyo conocimiento competa a la Comisión de Urbanismo, se descontará el tiempo en que se suspendan las sesiones de dicha Comisión y, en todo caso, el mes de agosto de cada año, previa aprobación, en ambos supuestos, por Orden de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.

La anterior previsión legal de interrupción del cómputo de plazos está motivada por la circunstancia de que tanto la Administración Local como la Autonómica disminuyen de modo muy sensible su actividad en el mes de agosto.

Dicha interrupción hay que hacerla extensiva, además, al período en que, transcurrido el mes de agosto, la Comisión de Urbanismo de Madrid no celebra sesiones, a fin de garantizar que todos los expedientes afectados por la interrupción del cómputo de plazos puedan ser objeto de la debida preparación y estudio.

En la sesión celebrada el día 30 de julio de 2014, la Comisión de Urbanismo de Madrid adoptó, entre otros, el Acuerdo por el que suspende sus sesiones desde el día 30 de julio de 2014 hasta el día de la celebración de la siguiente sesión ordinaria de la misma, e informó favorablemente, a los efectos previstos en el artículo 9.2 del Decreto 69/1983, de 30 de junio, sobre distribución de competencias en materia de urbanismo entre órganos de la Comunidad de Madrid, la interrupción del cómputo de los plazos.

En virtud de la fundamentación expuesta, y en uso de las competencias que atribuye a esta Consejería el artículo 22 del Decreto 68/1983, de 30 de junio, por el que se crea la Comisión de Urbanismo de Madrid y se aprueba su Reglamento de Organización y Funcionamiento,

DISPONGO

Primero

Interrumpir el cómputo de los plazos previstos en la legislación vigente para la resolución de los expedientes cuyo conocimiento corresponda a la Comisión de Urbanismo de Madrid, durante el tiempo comprendido entre el día 30 de julio de 2014, fecha de celebración de la última sesión de la citada Comisión, y el día de celebración de la siguiente sesión ordinaria de dicho órgano colegiado, período en el que quedan suspendidas las sesiones de la Comisión de Urbanismo de Madrid.

Segundo

Publicar la presente Orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 30 de julio de 2014.

El Consejero de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, BORJA SARASOLA JÁUDENES

(03/24.629/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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