Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 186

Fecha del Boletín 
07-08-2014

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140807-70

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 75

70
Procedimiento 1.129 de 2013

EDICTO

Doña María Jesús Carasusán Albizu, secretaria judicial del Juzgado de primera instancia número 75 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de divorcio contencioso tramitado en este Juzgado con el número 1.129 de 2013, a instancias de doña María del Carmen Flores Martínez, representada por el procurador don Francisco Inocencio Fernández Martínez, contra don Khaled Al Reda, declarado en situación de rebeldía procesal y en ignorado paradero, se ha dictado auto de fecha 4 de julio de 2014, que rectifica la sentencia de fecha 25 de junio de 2014 recaída en el referido procedimiento, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Se rectifica la sentencia de fecha 25 de junio de 2014 en el sentido de que tanto en el encabezamiento como en el fallo, donde se dice: “Carmen Flores García”; debe decir: “María del Carmen Flores Martínez”.

Modo de impugnación: notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que conforme al artículo 214.4 de la Ley de Enjuiciamiento Civil contra la presente resolución no cabe recurso alguno, sin perjuicio de los recursos que procedan, en su caso, contra la resolución a la que se refiera la solicitud o actuación de oficio.

Así lo manda y firma su señoría.—Doy fe.

Y para que sirva de notificación en legal forma al demandado rebelde y en paradero desconocido don Khaled Al Reda, mediante su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido el presente en Madrid, a 4 de julio de 2014.—La secretaria (firmado).

(02/23.071/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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