Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 186

Fecha del Boletín 
07-08-2014

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140807-89

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 6

89
Ejecución 100 de 2014

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Eva San Pablo Moreno, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 6 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 100 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Fidel Jiménez Moya, don Iván Ramírez López, don José Carlos Benegas Trejo, don José Enrique Gilaranz López, don Juan Ponce Alcalá y don Juan Antonio Martínez Alcubilla, frente a “Artes del Papel Gesvi, Sociedad Limitada”, “Encuadernación Servagraf, Sociedad Anónima”, “Éxito Récord, Sociedad Limitada”, “Industria Gráfica de Encuadernación López Vallejo, Sociedad Limitada”, y “Servagraf, Sociedad Anónima”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado auto el día 7 de julio de 2014, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Parte dispositiva:

En su virtud, vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación, doña Elena Bornaechea Morlans resuelve:

Aclarar de oficio la sentencia dictada el día 9 de enero de 2014 en las presentes actuaciones, rectificando el error aritmético cometido en el cálculo de la indemnización de don José Enrique Gilaranz López, debiendo ascender la misma a 28.911,40 euros hasta la fecha del despido, y no a la cantidad especificada en aquella.

Denegar la aclaración interesada por don José Enrique Gilaranz López respecto del auto de fecha 20 de junio de 2014, confirmando íntegramente su contenido.

Notifíquese el presente auto a las partes, advirtiéndoles que contra el mismo no cabe interponer más recurso que el de reposición contra el auto de fecha 20 de junio de 2014 en el plazo de tres días siguientes a la notificación del presente.

Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Artes del Papel Gesvi, Sociedad Limitada”, “Industria Gráfica de Encuadernación López Vallejo, Sociedad Limitada”, “Éxito Récord, Sociedad Limitada”, “Servagraf, Sociedad Anónima”, y “Encuadernación Servagraf, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 8 de julio de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/22.954/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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