Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 192

Fecha del Boletín 
14-08-2014

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140814-80

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 38

80
Procedimiento 128 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento de juicio verbal número 128 de 2013, sobre otras materias, se ha dictado resolución del tenor literal siguiente:

Sentencia número 210 de 2013

En Madrid, a 31 de octubre de 2013.—Vistos por el magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 38 de Madrid, don Jaime Miralles Sangro, los autos seguidos con el número 128 de 2013 de juicio declarativo verbal, a instancias de “Zurich Insurance, PLC”, representada por la procuradora doña María Esther Centoira Parrondo y defendida por el abogado don José Antonio Araque Muñoz, contra don Carlos Luis Zambrano Loor, en rebeldía, sobre reclamación de cantidad.

Fallo

Uno. Con estimación de la demanda interpuesta por “Zurich Insurance, PLC”, representada por la procuradora doña María Esther Centoira Parrondo, contra don Carlos Luis Zambrano Loor, en rebeldía.

Dos. Condeno a don Carlos Luis Zambrano Loor al pago de 5.348,00 euros de principal, así como al pago de los intereses de la mora procesal del artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil desde la fecha de la presente resolución.

Tres. Por último, condeno al demandado al pago de las costas.

Notifíquese la presente resolución a las partes, con expresión de que:

a) Contra la misma cabe recurso de apelación.

b) Asimismo, con el escrito de interposición del recurso de apelación:

1. Deberá acreditar haber constituido el depósito.

2. Igualmente, deberá acreditar haber procedido a la autoliquidación de la tasa.

Y como consecuencia del ignorado paradero de don Carlos Luis Zambrano Loor se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Madrid, a 14 de julio de 2014.—El secretario (firmado).

(02/5.154/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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