Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 192

Fecha del Boletín 
14-08-2014

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140814-86

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 67

86
Procedimiento 577 de 2013

EDICTO

En el procedimiento ordinario número 577 de 2013, sobre otras materias, se ha dictado resolución del tenor literal siguiente:

Sentencia

En Madrid, a 16 de julio de 2014.—Vistos por la ilustrísima señora doña Marta Díez Pérez-Caballero, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia del número 67 de esta ciudad y su partido, los presentes autos de juicio ordinario número 577 de 2012, seguidos a instancias de don Daniel Fernández Gómez y doña María del Pilar Verbo Rodríguez, representados por el procurador don Antonio García Martínez, contra don Cecilio Gómez Rodríguez y sus ignorados herederos, en situación procesal de rebeldía.

Fallo

Que estimando la demanda formulada por don Daniel Fernández Gómez y doña María del Pilar Verbo Rodríguez, contra los ignorados herederos de don Cecilio Gómez Rodríguez, debo:

1. Declarar que los demandantes han adquirido por prescripción adquisitiva a su favor la finca descrita en el fundamento jurídico primero de la presente resolución, por lo que son titulares en pleno dominio de la citada finca.

Vivienda urbana sita en Madrid, que tiene una superficie de 86,60 metros cuadrados de suelo y 59,20 metros cuadrados construidos, con acceso al Oeste por la calle Isabel Serrano, número 16. Se accede a la vivienda a través de un patio de ingreso al que vuelvan las estancias de la vivienda, siendo estas un salón de estar-comedor, cocina, dos habitaciones y un baño. En el patio hay también un pequeño trastero y un espacio cubierto por un porche.

Finca con los siguientes linderos: frente o fachada, al Oeste, en línea de 7,97 metros, a la calle Isabel Serrano, número 16; al fondo o Este, bloque de viviendas en línea de 9,89 metros; a la izquierda o Norte, en línea de 9,77 metros, vivienda propiedad de doña Concepción Domínguez Gómez, y a la derecha o Sur, en línea de 10 metros, la calle de Fermín Izquierdo.

2. Ordenar, como consecuencia de la anterior declaración, la inmatriculación de la finca descrita y la inscripción del dominio de la misma a favor de los demandantes, condenando a la parte demandada a estar y pasar por la citada declaración y a efectuar todos los actos que sean necesarios y oportunos para la inmatriculación de la finca objeto de la presente demanda y su inscripción a favor de los demandantes.

No se hace expresa imposición de las costas del procedimiento.

Contra la presente sentencia cabe recurso de apelación, ante este Juzgado, para ante la ilustrísima Audiencia Provincial en el plazo de veinte días a partir del siguiente a la notificación, debiendo la parte recurrente acreditar haber constituido el preceptivo depósito legal para poder apelar.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

En Madrid.—La secretaria (firmado).

(02/5.149/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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