Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 192

Fecha del Boletín 
14-08-2014

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140814-87

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 70

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Procedimiento 502 de 2013

EDICTO

En el procedimiento ordinario número 502 de 2013, sobre otras materias, se ha dictado resolución, cuyo texto literal es el siguiente:

Sentencia número 92

En Madrid, a 9 de mayo de 2014.—Vistos por la ilustrísima señora doña Hortensia Domingo de la Fuente, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 70 de Madrid, los presentes autos de juicio ordinario número 502 de 2013, seguidos a instancias del procurador don Gabriel de Diego Quevedo, en nombre y representación de la entidad mercantil “Clínica Montecanal, Sociedad Limitada”, y asistida de la letrada doña Carmen Baón Romasanta, contra la entidad “Sanitas, Sociedad Anónima de Seguros”, representada por la procuradora doña María Asunción Sánchez González y asistida del letrado don Enrique Naveros Sierra, y contra don Édgar Viura y doña Aída Luz González Cordero, declarados en situación procesal de rebeldía, sobre reclamación de cantidad.

Fallo

Que estimando la demanda formulada por el procurador don Gabriel de Diego Quevedo, en nombre y representación de la entidad mercantil “Clínica Montecanal, Sociedad Limitada”, contra “Sanitas, Sociedad Anónima de Seguros”, don Édgar Viura y doña Aída Luz González Cordero, condeno a los demandados a abonar, solidariamente, a la parte actora la suma de 8.212,12 euros, intereses legales desde la fecha de presentación de la demanda y costas.

Notifíquese la presente resolución a las partes, instruyéndoles que contra la misma cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días siguientes a su notificación ante este Juzgado para ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid.

Para la admisión del recurso se deberá acreditar haber constituido en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este órgano judicial un depósito de 50 euros.

Así lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación

Firmada la anterior resolución es entregada en esta Secretaría para su notificación, dándose publicidad en legal forma y se expide certificación literal de la misma para su unión a autos.—Doy fe.

En virtud de lo acordado en los autos de referencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, por el presente se notifica la sentencia de fecha 9 de mayo de 2014 a doña Aída González Cordero y a don Édgar Viura.

En Madrid, a 2 de junio de 2014.—El secretario judicial (firmado).

(02/5.145/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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