Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 197

Fecha del Boletín 
20-08-2014

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140820-69

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 10

69
Procedimiento 675 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Ana Belén Requena Navarro, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 10 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 675 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de Federación Estatal de Transportes, Comunicaciones y Mar de la UGT, frente a don Enrique Gamboa Vaquero, “Manipulación y Servicios Integrales, Sociedad Limitada”, y “Norbert Dentressangle Logistics España Servicios Integrales Logística, Sociedad Limitada”, sobre de impugnación convenio colectivo, se ha dictado la siguiente resolución:

Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña Ana Belén Requena Navarro.—En Madrid, a 4 de julio de 2014.

El anterior escrito presentado por el letrado don José Antonio Seoane López, únase a los autos de referencia. Se tiene por impugnado en tiempo y forma por “Manipulación y Servicios Integrales, Sociedad Limitada”, el recurso de suplicación formalizado en su día por la parte recurrente, dese traslado a las partes, y una vez efectuado, elévense las actuaciones al Tribunal Superior de Justicia de Madrid para la sustantación del recurso interpuesto.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Norbert Dentressangle Logistics España Servicios Integrales Logística, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 18 de julio de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/24.174/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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