Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 197

Fecha del Boletín 
20-08-2014

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140820-22

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

OTROS ANUNCIOS

Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda

Dirección General de Control de la Edificación

Servicio de Conservación y Edificación Deficiente

Departamento de Intervención en la Edificación

Unidad Jurídica

22
Resolución director general de Control de la Edificación

Se han emitido informes con fechas 2 y 23 de abril de 2014 por los técnicos adscritos al Departamento de Intervención en la Edificación del Servicio de Conservación y Edificación Deficiente, expediente número 525/1990/17835, en los que se pone de manifiesto que debe requerirse a los propietarios y/u ocupantes de la totalidad de viviendas de la finca de referencia, para que faciliten el acceso a su interior, dado que en las visitas giradas no ha sido posible acceder para realizar una inspección estructural de estado del edificio.

A la vista de lo expuesto, el director general de Control de la Edificación del Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda, por su resolución de fecha 30 de mayo de 2014, ha dispuesto lo siguiente:

Requerir a los propietarios y/u ocupantes de las viviendas bajo centro, bajo derecha, bajo izquierda, primero derecha, primero izquierda, segundo interior derecha, segundo interior izquierda, segundo exterior derecha y segundo exterior izquierda de la finca número 24 de la calle de Juan Navarro, de esta capital, para que faciliten el acceso de forma voluntaria al interior de sus viviendas a los técnicos municipales adscritos al Departamento de Intervención en la Edificación del Servicio de Conservación y Edificación Deficiente, para que procedan a realizar la correspondiente inspección estructural del edificio.

A tal fin, en el plazo de quince días deberán ponerse en contacto con la Unidad Técnica 1 del Departamento de Intervención en la Edificación para fijar día y hora en que pueda realizarse la entrada y acreditar su conformidad a facilitar dicho acceso, mediante escrito dirigido o comparecencia realizada en el Departamento de Intervención en la Edificación.

Esta resolución pone fin a la vía administrativa, pudiéndose interponer contra la misma recurso de reposición ante el coordinador general de Gestión Urbanística, Vivienda y Obras, en el plazo de un mes desde el día siguiente a la notificación o publicación de la presente, o directamente recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo contencioso-administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses desde el día siguiente a la notificación o publicación de la presente, sin perjuicio de cuantos otros estime oportuno deducir.

Con la presente publicación se consideran notificados los interesados desconocidos o con domicilio ignorado, a los efectos establecidos en el artículo 59.5 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, a 30 de julio de 2014.—El director general de Control de la Edificación, por delegación de firma (resolución de 6 de marzo de 2013), el jefe del Departamento de Intervención, L. Carlos Molina Arteche.

(01/2.810/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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