Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 204

Fecha del Boletín 
28-08-2014

Sección 4.50.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140828-86

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CASTILLA Y LEÓN

86
Recurso 41 de 2014

SALA DE LO SOCIAL

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Que en el recurso de suplicación número 41 de 2014 de esta Sala que trae su causa de los autos número 214 de 2010 del Juzgado de lo social de Soria, seguidos a instancias de don Serafín Márquez Martínez, contra Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, “Muebles Almazán Decoración y Regalo, Sociedad Anónima Laboral”, don Antonio Cortada Salvado y otros, sobre jubilación, se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y parte dispositiva dicen:

Ilustrísima señora doña María José Renedo Juárez (presidenta) e ilustrísimos señores, don Carlos Martínez Toral y don Santiago Ezquiel Marqués Ferrero (magistrados).—En Burgos, a 6 de febrero de 2014.

Fallamos

Estimando, en esencia, el recurso de suplicación interpuesto por la representación del Instituto Nacional de la Seguridad Social-Tesorería General de la Seguridad Social contra el auto de fecha 2 de septiembre de 2013, debemos revocar y revocamos el mismo, así como aquel del que trae causa de fecha 26 de junio de 2013, declarando la competencia de este orden jurisdiccional social para conocer sobre el fondo del asunto de la presente ejecución, debiendo por el tribunal de instancia, previa, en su caso, la oportuna comparecencia, pronunciarse sobre todas las cuestiones planteadas en derecho. Sin costas.

Notifíquese la presente resolución a las partes y a la fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en la forma prevenida en los artículos 97 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, 248.4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y sus concordantes, haciéndoles saber que contra esta resolución cabe recurso de casación para la unificación de doctrina para ante el Tribunal Supremo, significándoles que dicho recurso habrá de prepararse, ante esta Sala, en el plazo de los diez días siguientes a la notificación mediante escrito ajustado a los requisitos legales contenidos en los artículos 220 y 221 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, con firma de abogado o de graduado social colegiado designado en legal forma conforme al artículo 231 de la citada Ley.

Se deberá ingresar como depósito la cantidad de 600 euros conforme a lo establecido en el artículo 229.1.b) de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social; asimismo, será necesaria la consignación por el importe de la condena conforme a los supuestos previstos en el artículo 230 de la mencionada Ley, salvo que el recurrente estuviera exento por Ley o gozare del beneficio de justicia gratuita.

Dichos consignación y depósito deberán efectuarse en la cuenta corriente de esta Sala, bajo la designación de “Depósitos y consignaciones”, abierta en la entidad “Banesto”, sita en la calle Almirante Bonifaz, número 15, de Burgos, en cualquiera de sus sucursales, con el número 1062/0000/65/000041/2014.

Se encuentran exceptuados de hacer los anteriormente mencionados ingresos los organismos y entidades enumerados en el punto 4 del artículo 229 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.

Así por esta nuestra sentencia lo pronunciamos, mandamos y firmamos.—María José Renedo Juárez, Carlos Martínez Toral y Santiago Ezequiel Marqués Ferrero.—Firmados y rubricados.

Y para que sirva de notificación en legal forma a don Antonio Cortada Salvado, actualmente en ignorado paradero, expido la presente en Burgos, a 22 de julio de 2014.—El secretario (firmado).

(03/24.798/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.50.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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