Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 204

Fecha del Boletín 
28-08-2014

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140828-104

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 1

104
Procedimiento 659 de 2014

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Rosario Barrio Pelegrini, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 659 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Costel Ovidiu Alungei, frente a “Styl Oficinas, Sociedad Limitada”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 308 de 2014

En Madrid, a 21 de julio de 2014.—Doña Patricia Navas Catalá, magistrada-juez de apoyo al magistrado-juez de adscripción territorial en funciones de refuerzo en el Juzgado de lo social número 1 de Madrid, ha vistos los presentes autos de reclamación de cantidad número 659 de 2014, promovidos a instancias de don Costel Ovidiu Alungei, representado y defendido por el letrado don Óscar Pérez Domarco, contra la empresa “Styl Oficinas, Sociedad Limitada”.

Fallo

Que debo estimar y estimo la demanda interpuesta por don Costel Ovidiu Alungei, representado y defendido por el letrado don Óscar Pérez Domarco, contra la empresa “Styl Oficinas, Sociedad Limitada”, condenando a la demandada a pagar al trabajador demandante la cantidad de 5.347,90 euros de conformidad con el fundamento jurídico tercero de esta resolución.

Notifíquese la presente resolución a las partes. Esta sentencia no es firme, cabe contra ella recurso de suplicación (artículo 191 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social), ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid, que deberá ser anunciado, ante este Juzgado, en el plazo de cinco días desde su notificación en el modo y forma previstos en la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social (artículos 194 y 196).

Así lo acuerdo, mando y firmo juzgando en la primera instancia.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Styl Oficinas, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 24 de julio de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/24.911/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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