Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 206

Fecha del Boletín 
30-08-2014

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140830-22

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 2

22
Ejecución 112 de 2012

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Laura Carrión Gómez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 112 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Adela Gallego Martínez, doña Ana Liarte Gabriel, don Ángel Vidal Atanes, doña Begoña Arias García, doña Elisa Martínez Herrero, don Fernando Montero Aisa, don José Alberto Cañadas de la Fuente, don Juan Nacarino Criado, don Miguel Azurmendi La Viña, don Rubén González Parra y doña Susana Negueruela Sánchez, frente al Fondo de Garantía Salarial y “King Sturge, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado decreto de fecha 30 de julio de 2014, cuya parte dispositiva liberalmente dice:

Procede mantener la tasación de costas practicada de fecha 20 de noviembre de 2013 en los términos expresados en el fundamento tercero de este decreto, acordándose la tasación de costas con inclusión de minuta de letrado por el importe máximo de 363 euros (300 euros, más el 21 por 100 del impuesto sobre el valor añadido).

Modo de impugnación: mediante recurso directo de revisión ante quien dicta esta resolución, mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación (artículos 188 y 189 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la cuenta número 2500 de “Banesto”, sito en la calle Princesa, número 3, de Madrid. Quedan exentos de su abono, en todo caso, el ministerio fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de ellos.

Así por este decreto lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “King Sturge, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 30 de julio de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/25.453/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140830-22