Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 207

Fecha del Boletín 
01-09-2014

Sección 1.4.110.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140901-19

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

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CONSEJERÍA DE EMPLEO, TURISMO Y CULTURA

19
RESOLUCIÓN de 24 de julio de 2014, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Empleo, Turismo y Cultura, sobre registro, depósito y publicación de la revisión salarial del convenio colectivo de la empresa “SaarGummi Ibérica, Sociedad Anónima” (código número 28100442012013).

Examinada el acta de revisión salarial del convenio colectivo de la empresa “SaarGummi Ibérica, Sociedad Anónima”, suscrita por la comisión negociadora el día 19 de marzo de 2014; completada la documentación exigida en los artículos 6 y 7 del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.1.a) de dicho Real Decreto, en el artículo 90.2 y 3 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, y en el Decreto 23/2012, de 27 de septiembre, del Presidente de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, en relación con lo dispuesto en el Decreto 113/2012, de 18 de octubre, por el que se regulan sus competencias, esta Dirección General

RESUELVE

1. Inscribir dicha revisión salarial del convenio colectivo en el Registro Especial de Convenios Colectivos de esta Dirección, y proceder al correspondiente depósito en este Organismo.

2. Disponer la publicación del presente Anexo, obligatoria y gratuita, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 24 de julio de 2014.—La Directora General de Trabajo, María del Mar Alarcón Castellanos.

Acta de acuerdo de actualización tablas salariales 2014 del convenio colectivo “SaarGummi Ibérica, Sociedad Anónima”

En Loeches, a las catorce y treinta horas del día 19 de marzo de 2014, en las instalaciones de “SaarGummi Ibérica” (calle Hierro, sin número, polígono industrial “Gestesa”, Loeches, Madrid), se reúne la dirección de la empresa y los representantes de los trabajadores para proceder a la aprobación y posterior publicación de las tablas salariales para el año 2014 de acuerdo con lo previsto en el artículo 9.1 del convenio colectivo de “SaarGummi Ibérica, Sociedad Anónima”.

Se adoptan los siguientes acuerdos:

Primero. Las tablas salariales vigentes a 31 de diciembre de 2013 se incrementarán en 0,6 por 100 en el presente año 2014.

Segundo. Este incremento del 0,6 por 100 se aplicará a los siguientes conceptos salariales:

Conceptos salariales de carácter fijo:

— Complemento personal consolidado.

— Complemento de puesto de trabajo.

— Plus individual 6 por 100 retribución convenio.

Conceptos salariales de carácter variable:

— Plus de nocturnidad.

— Horas extraordinarias.

— Plus de cuarto turno.

— Incentivo de producción/bolsa de vacaciones.

— Carencia de incentivos: día efectivo trabajado.

• Nivel 7: 2,07 euros.

• Nivel 8: 2,07 euros.

• Nivel 9: 2,07 euros.

• Nivel 10: 2,07 euros.

— Pluses individuales de naturaleza no salarial:

• Plus de compensación.

• Plus de kilometraje.

Tercero. Compensación absorción.—Para el presente año 2014 los incrementos salariales pactados no serán compensables ni absorbibles en el 25 por 100 de los mismos.

Asimismo, no serán compensables ni absorbibles los incrementos salariales pactados para los salarios inferiores a 14.000 euros en cómputo anual recogido en las tablas salariales.

Solo se llevará a cabo la compensación y absorción en aquellos supuestos en los que la retribución bruta anual sea superior a lo establecido en las tablas salariales en vigor.

Cuarto. Dietas.

— Dietas por desplazamientos de uno a siete días: 42,75 euros/día.

— Dietas por desplazamientos superiores a siete días: 34,21 euros/día.

— Media dieta: 8,76 euros/día.

Quinto. Se acuerda que esta acta se firme por los representantes de los trabajadores y por la dirección de la empresa.

Remitir dicha acta y nueva tabla salarial para 2014 a la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Empleo, Turismo y Cultura de la Comunidad de Madrid para que proceda al oportuno trámite de registro y publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Sin más asuntos que tratar, se levanta la sesión a las quince horas del día de la fecha.

Por la empresa:

— Don Juan L. de Navascues Benlloch, en calidad de director general, con DNI número 00819836-R (firmado).

— Don José María Díaz Varela Sanz, en calidad de director producción, con DNI número 00666580-V (firmado).

— Don José María Causín Sánchez, en calidad de director recursos humanos, con DNI número 01813991-G (firmado).

Por el comité de empresa:

— Don Calixto García Gigorro, con DNI número 00265587-Y, en calidad de presidente del comité (UGT) (firmado).

— Doña María Soledad Acebrón Gómez, con DNI número 05368740-B, en calidad de secretaria del comité (CC OO) (firmado).

— Don Francisco Salazar Montero, con DNI número 02096333-K, por CC OO (firmado).



(03/24.691/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.110.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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