Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 209

Fecha del Boletín 
03-09-2014

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140903-56

Páginas: 3


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VALDEMORO

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

56
Dedicación parcial concejal

Se hace público el presente anuncio relativo al acuerdo aprobado en la sesión del Pleno celebrado el día 29 de mayo de 2014, relativo a determinar que el cargo de concejal de Juventud y Bienestar Social realice sus funciones en régimen de dedicación parcial y establecer su retribución. Modificar los acuerdos del Ayuntamiento Pleno, de fecha 27 de junio de 2011, de fecha 14 de agosto de 2012 y de fecha 29 de julio de 2013, sobre retribuciones de los miembros de la Corporación y establecer a favor de los miembros de la Corporación que desempeñen sus cargos en régimen de dedicación exclusiva las retribuciones a partir del año 2014; asimismo, establecer a favor de los miembros de la Corporación que desempeñen sus cargos en régimen de dedicación parcial las retribuciones a partir del año 2014, que se integra de lo siguiente:

«José Carlos Boza Lechuga, alcalde del Ayuntamiento de Valdemoro, en virtud de las competencias que me vienen otorgadas por la legislación vigente, al Pleno de la Corporación municipal, expongo:

Don Bernardo Campo Monreal tomó posesión como edil de la Corporación municipal el pasado 24 de febrero, con motivo de la renuncia al cargo de concejal del Ayuntamiento de Valdemoro de don Manuel Cabrera García y de la renuncia a la expedición de la credencial de concejala del mismo de doña María Aránzazu Figueras Menéndez.

Mediante decreto número 364/2014, de fecha 26 de febrero, se le confirió delegación genérica, con la denominación de concejal de Juventud y Bienestar Social, al concejal don Bernardo Campo Monreal.

Con motivo de la entrada en vigor de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local, se modifica el régimen retributivo de los miembros de las Corporaciones locales.

El artículo 75 bis de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, establece el límite máximo total de las retribuciones que pueden percibir los miembros de las Corporaciones locales por todos los conceptos retributivos y asistencias.

Visto el Real Decreto 1016/2013, de 20 de diciembre, por el que se declaran oficiales las cifras de población resultantes de la revisión del padrón municipal referidas al 1 de enero de 2013 (“Boletín Oficial del Estado” número 311, de 28 de diciembre), el Ayuntamiento de Valdemoro está en el tramo de 50.001 a 75.000 y, por tanto, el límite máximo retributivo es de 65.000 euros.

Con el objetivo de seguir el objetivo del Gobierno Central consistente en adecuar los sueldos de los alcaldes y concejales a la población de cada municipio, y con el fin de dar cumplimiento al plan de ajuste 2012-2022 aprobado por Pleno en la sesión celebrada el día 30 de marzo de 2012, el objetivo principal es la reducción del déficit, así como a la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.

A la vista del informe sobre existencia de crédito presupuestario adecuado y suficiente para proceder al pago de las retribuciones determinadas.

Considerando lo establecido sobre régimen de dedicaciones y retribuciones de los concejales en el artículo 75 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local; el artículo 13 del Reglamento de Organización y Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre; y atendidas las especiales características de este Ayuntamiento y las circunstancias anteriormente relatadas, esta Alcaldía considera procedente que, respecto de las retribuciones y dedicación del concejal se adopte el siguiente acuerdo:

Primero.—Determinar que el cargo de concejal de Juventud y Bienestar Social con delegación realice sus funciones en régimen de dedicación parcial, con una dedicación mínima de 74,88 por 100.

Segundo.—Establecer a favor del miembro de la Corporación que desempeñe el cargo de Concejal de Juventud y Bienestar Social, en régimen de dedicación parcial, la retribución bruta anual de 33.603,02 euros. Dicha retribución será efectiva desde el día de la toma de posesión, retribuyendo la parte proporcional correspondiente desde la toma de posesión. Darle de alta en el régimen de la Seguridad Social, debiendo asumir esta Corporación el pago de las cuotas empresariales que corresponda.

Tercero.—Que se realicen ante la Tesorería Territorial de la Seguridad Social la comunicación que corresponda.

Cuarto.—Se entenderá que hay aceptación expresa de la dedicación correspondiente siempre que el Concejal designado no haga renuncia expresa comunicada al alcalde por escrito en el plazo de tres días hábiles, a contar desde aquel en que se reciba la comunicación de este acto.

Quinto.—Modificar los acuerdos del Ayuntamiento Pleno, de fecha 27 de junio de 2011, de fecha 14 de agosto de 2012 y de fecha 29 de julio de 2013, sobre retribuciones de los miembros de la Corporación. Dichos acuerdos quedaran vigentes en todo lo que no resulta modificado por el presente acuerdo.

Sexto.—Establecer a favor de los miembros de la Corporación que desempeñen sus cargos en régimen de dedicación exclusiva las retribuciones a partir del año 2014, que a continuación se relacionan, que se percibirán en catorce pagas, doce correspondientes a las diferentes mensualidades del año y las dos restantes correspondientes a las mensualidades de junio y diciembre, debiendo asumir esta Corporación el pago de las cuotas empresariales que corresponda.

1. El cargo de concejal-delegado de Hacienda, primer teniente de alcalde, percibirá una retribución bruta anual de 43.950,49 euros.

Por portavoz del grupo político municipal Partido Popular percibirá una retribución bruta anual de 11.453,23 euros.

2. El cargo de concejal-delegado de Cultura, Desarrollo Local del Empleo, segundo teniente de alcalde, percibirá una retribución bruta anual de 43.950,49 euros.

Por portavoz del grupo político municipal Partido Popular percibirá una retribución bruta anual de 5.000 euros.

3. El cargo de concejal-delegado de Deportes, Urbanismo y Transporte, tercer teniente de alcalde percibirá una retribución bruta anual de 43.950,49 euros.

4. El cargo de concejal-delegado de Régimen Interior, cuarto teniente de alcalde, percibirá una retribución bruta anual de 43.950,49 euros.

5. El cargo de concejal-delegado de mayores percibirá una retribución bruta anual de 39.958,95 euros.

6. El cargo de concejal-delegado de Patrimonio y Archivo Históricos, Turismo, Cooperación Social y Voluntariado percibirá una retribución bruta anual de 33.603,02 euros.

7. El cargo de concejal-delegado de Acción Social, Salud y Consumo percibirá una retribución bruta anual de 39.958,95 euros.

8. El cargo de concejal-delegado de Educación percibirá una retribución bruta anual de 33.603,02 euros.

9. El cargo de concejal-delegado de Seguridad Ciudadana y Presidencia percibirá una retribución bruta anual de 39.958,95 euros.

10. El cargo de concejal-delegado de Medio Ambiente, Servicios de la Ciudad e Innovación Tecnológica percibirá una retribución bruta anual de 39.958,95 euros.

11. El cargo de concejal-delegado de Participación Ciudadana percibirá una retribución bruta anual de 43.950,49 euros.

12. El cargo de concejal-delegado de Recursos Humanos percibirá una retribución bruta anual de 39.958,95 euros.

13. El alcalde-presidente percibirá una retribución bruta anual de 65.000 euros.

Séptimo.—Establecer a favor de los miembros de la Corporación que desempeñen sus cargos en régimen de dedicación parcial, con una dedicación mínima de 74,88 por 100, las retribuciones las retribuciones a partir del año 2014, que a continuación se relacionan, que se percibirán en catorce pagas, doce correspondientes a las diferentes mensualidades del año y las dos restantes correspondientes a las mensualidades de junio y diciembre, debiendo asumir esta Corporación el pago de las cuotas empresariales que corresponda.

1. Portavoz del Grupo Municipal Socialista-PSOE del Ayuntamiento de Valdemoro, en el ejercicio de sus funciones, percibirá una retribución bruta anual de 33.603,02 euros.

2. Portavoz del Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes (IU-LV) del Ayuntamiento de Valdemoro, en el ejercicio de sus funciones, percibirá una retribución bruta anual de 33.603,02 euros.

Octavo.—Publicar en extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios de la Corporación la dedicación retribución a que se hace referencia en el apartado anterior».

Valdemoro, a 19 de agosto de 2014.—El alcalde, José Carlos Boza Lechuga.

(03/25.768/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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